Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Tar Suministros Interiores Slu.

El 07-05-2013, Tar Suministros Interiores Slu., en PUEBLA DE LA CALZADA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06390082. La actividad (principal) de Tar Suministros Interiores Slu. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tar Suministros Interiores Slu.
Localidad:
PUEBLA DE LA CALZADA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B06390082
Número de insolvencia:
B06390082
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PROGRESO 24
06490 PUEBLA DE LA CALZADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-06-2014
A140030629
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:

Que en el presente concurso voluntario abreviado n.º 158/13, referente al concursada Tar Suministros Interiores, S.L., con CIF n.º B06390082, se ha dictado sentencia n.º 107/14 de fecha 30 de mayo de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del contenido literal siguiente:

Sentencia n.º 107/14

Juez que la dicta: Dña. Esther Sara Vila.

Lugar: Badajoz.

Fecha: 30 de mayo de 2014.

Vistos por el Ilmo. Sr/Sra. Doña Esther Sara Vila, Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 0000158/2013, del concursado Tar Suministros Interiores, S.L., con CIF n.º B 06390082, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores García García, y defendido por el Letrado D. Luciano Pérez de Acevedo y Pinna.

FALLO

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Tar Suministros Interiores, S.L., que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2.- Se acuerda el cese en su cargo de la Administración Concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3.- Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

5.- Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios de este tribunal.

6.- Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, cuando la misma sea firme.

7.- Se acuerda la formación de la Sección de Calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

8.- Conforme establece el art. 133.1 y 133.2 de la Ley Concursal, el convenio adquirirá eficacia desde la fecha de la sentencia que lo apruebe, salvo que el Juez por razón del contenido del convenio, acuerde de oficio, o a instancia de parte, retrasar esa eficacia a la fecha en que la aprobación alcance firmeza. Desde la eficacia del convenio cesarán todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos, por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio, salvo los deberes de colaboración e información establecidos en el art. 42, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.

Badajoz, 30 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

27-01-2014
A140001507
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso n.º 0000158 /2013 referente al concursado TAR SUMINISTROS INTERIORES, S.L., CIF N.º B06390082, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 8 de abril 2014 a las 12,00 horas en Sala de Vista n.º 3 de este Juzgado.

2.- Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la deudora TAR SUMINISTROS INTERIORES, S.L.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.

Badajoz, 10 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

22-07-2013
A130042507
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:

1. Que en la Sección I Declaración Concurso 0000158 /2013, referente al deudor "Tar Suministros Interiores, S.L.U.", CIF B06390082, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Badajoz, 11 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

29-05-2013
A130030486
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000158/2013, se ha dictado en fecha 07/05/2013, auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor Tar Suministros Interiores, S.L.S.UNIP., con CIF n.º B06390082, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Progreso, n.º 24 de Puebla de la Calzada (Badajoz).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal al Economista don José María Hernández Ferrero DNI n.º 8.692.236-F, con domicilio postal en Santa Eulalia, n.º 32, 1.ª planta, Puerta 1.ª de Mérida 06800, y dirección electrónica señalada jferrero@asesores empresariales.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Badajoz, 10 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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