Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Cerrajeria Juan Dominguez Sl

El 10-05-2013, Cerrajeria Juan Dominguez Sl, en FUENTE DE CANTOS (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06323794. La actividad (principal) de Cerrajeria Juan Dominguez Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cerrajeria Juan Dominguez Sl
Localidad:
FUENTE DE CANTOS
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B06323794
Número de insolvencia:
B06323794
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MARTINEZ 42
06240 FUENTE DE CANTOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-05-2014
A140023294
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

Que en el presente concurso voluntario abreviado 136/2013 referente a la concursada "Cerrajería Juan Domínguez, S.L.", con CIF B-06323794, se ha dictado sentencia n.º 94/2014, de fecha 8 de mayo de 2014, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

"1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada "Cerrajería Juan Domínguez, S.L.", con CIF B-06323794, que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Se acuerda el cese en su cargo del Administrador concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3. Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4. Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

5. Publíquese la sentencia en el "Boletín Oficial del Estado", y en el tablón de anuncios de este tribunal.

6. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, cuando la misma sea firme.

7. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

8. Conforme establece el artículo 133.1 y 133.2 de la Ley Concursal, el convenio adquirirá eficacia desde la fecha de la sentencia que lo apruebe, salvo que el Juez por razón del contenido del convenio, acuerde de oficio, o a instancia de parte, retrasar esa eficacia a la fecha en que la aprobación alcance firmeza. Desde la eficacia del convenio cesarán todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos, por los que en su caso se establezcan en el propio convenio, salvo los deberes de colaboración e información establecidos en el artículo 42, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento."

Badajoz, 8 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

21-01-2014
A140001099
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Doña Lucia Peces Gómez, Secretaría Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 136/2013 referente al concursado Cerrajería Juan Domínguez, S.L., con CIF B06323794, se ha convocado Junta de acreedores, que se celebrará el día 8 de abril de 2014, a las 10:00 horas, en la sala de audiencias n.º 3 de este Juzgado, sito en la calle Castillo Puebla de Alcocer, 20, de Badajoz.

2.-Dejar en suspenso la fase de liquidación, por interés del Concurso y la naturaleza conservativa de la Ley Concursal.

3.-Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la Concursada.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

4.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C.

Badajoz, 30 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

13-11-2013
A130061488
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

Anuncia:

Que en el concurso abreviado voluntario 136 /2013, referente al concursado Cerrajería Juan Domínguez, S.L., con CIF: B-06323794, por decreto de fecha 31 de octubre de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir la fase de liquidación del concurso.

2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se ha declarado disuelta la mercantil Cerrajería Juan Domínguez, S.L., con CIF: B-06323794, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Badajoz, 31 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

13-07-2013
A130040400
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000136 /2013, referente al deudor Cerrajería Juan Domínguez, SL, con C.I.F. B-06323794, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Badajoz, 1 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

22-05-2013
A130027311
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I declaración concurso 0000136/2013 se ha dictado en fecha dos de Mayo de 2013 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Cerrajería Juan Domínguez, S.L., con CIF B06323794, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/Martínez, 42, de Fuente de Cantos (Badajoz).

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que ejercía la concursada quedan intervenidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a Vitovex 2008 S.L con domicilio profesional en Plaza Príncipe de la Paz n.º 1, 1.º B, Badajoz y dirección de correo electrónico cjd.concursoacreedores@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Badajoz, 10 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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