Don Jorge Víctor Iglesias de Baya Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario 287/13 voluntario, de la deudora concursada Estructuras Metálicas Cano SL., con CIF nº B- 96644695, con domicilio en el Polígono Archigalar del Rullo, parcela 8.ª Vilamarxant (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 13 de mayo de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la Ley Concursal).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 13 de mayo de 2016.- El letrado de la Administración de Justicia.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.º 287/13, habiéndose dictado en fecha 20 de marzo de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Estructuras Metálicas Cano, SL, con domicilio en Polígono Archilagar del Rullo, parcela 8.ª Villamarxant (Valencia) y CIF n.º B96644695, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 5794, Libro 3101, Folio 61 de la Sección 8.ª, Hoja V-54399.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª. ILP Concursal SLP con domicilio en la calle Poeta Quintana, n.º 5, Bis 3.ª Piso pta. 5, Valencia 46003, y correo electrónico administradorconcursal@ilpglobal.es.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.
Valencia, 20 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.