El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal nº 83/2008, referente al concursado Dyoser XXI, S.L., por Auto de fecha 2/11/2010 se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Dar por terminada la fase de convenio acordada por Auto de fecha 23/7/2010 por no haberse presentado ninguna propuesta.
Segundo.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 26 de noviembre de 2010, las 11,00 horas de la mañana.
Tercero.- Abrir de oficio la fase de liquidación conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la Ley Concursal.
Cuarto.- Durante la fase de liquidación, se dejan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Quinto.- Se ha declarado disuelta la mercantil Dyoser XXI, S.L., cesando en su función los administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este Edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado y Tablón de anuncios de este Juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 8 de noviembre de 2010.- Secretario Judicial.
D. Enrique Calvo Vergara, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid,
Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el n.º 83/08, sobre proceso concursal de la mercantil DYOSER XXI, S.L., por Auto de fecha 23/7/2010 se ha declarado la finalización de la fase común del presente procedimiento concusal, abriéndose la fase de convenio.
Se convoca Junta de Acreedores, que se celebrará el día 26 de noviembre de 2010 a las 11:00 en la Sala de de Vistas de este Juzgado, sita en la C/ Gran Vía n.º 52. La Administración Concursal deberá convocar a todos los acreedores que figuren en la lista definitiva con una antelación no inferior a quince días, pudiendo el concursado y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del pasio presentar propuestas de convenio desde la presente convocatoria hasta cuarenta dìas antes de la fecha señalada para su celebración.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Madrid, 28 de julio de 2010.- Secretario Judicial.
DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO POR AUTO DE 24/04/08, DICTADO POR EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE MADRID, PROCEDIMIENTO Nº 83/08, CONSERVANDO EL DEUDOR LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION SOBRE SU PATRIMONIO, QUEDANDO SOMETIDAS A LA INTERVENCION DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL