EDICTO
D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. Do Mercantil n.º 1 de A CORUÑA, por el presente, hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este Órgano judicial SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 000020 /2013 N se ha dictado en fecha 6 de abril de 2018 Auto declara concluso el procedimiento concursal referente al deudor CAMPOALSA, S.L., CON CIF B-15991672, domiciliada en Cee (A Coruña), Plaza Kety Quintana 3, Io C,, habiéndose acordado lo siguiente:
1.-Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 20/2013 referente al deudor CAMPOALA, S.L. por finalización de las operaciones de liquidación.
La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto.
2.-Decretar el archivo de las actuaciones.
3.-El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación.
4.-La extinción de la persona jurídica deudora.
5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
6.-Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
7.-Comuniquese la conclusión del concurso a los Órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.-Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
A Coruña, 16 de agosto de 2018.- Letrado Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.