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Concurso de acreedores Ganaderia Dorado Sc

El 25-01-2013, Ganaderia Dorado Sc, en CORVERA DE ASTURIAS (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIJÓN. El número de insolvencia de esta empresa es J74084534. Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ganaderia Dorado Sc
Localidad:
CORVERA DE ASTURIAS
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
J74084534
Número de insolvencia:
J74084534
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
L 0
33416 CORVERA DE ASTURIAS
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-07-2013
A130038581
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 8/2013, seguido a instancias de Ganadería Dorado, S.C., CIF n.º J-74084534, con domicilio en Grandellana-Molleda, Corvera de Asturias, se ha dictado sentencia en fecha de hoy, aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, en la que se acuerda:

Primero.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada Ganadería Dorado, S.C., cuyo resultado fue proclamado en decreto de fecha 14 de mayo de 2013.

Segundo.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que sea parte la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Tercero.- Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de las personas físicas concursadas, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Cuarto.- Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración de concurso. Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de estas resoluciones, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Asimismo, se hace constar que el convenio aprobado no establece ningún tipo de medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor. Líbrese, en su caso, el correspondiente mandamiento al Registro de la Propiedad para hacer constar tal previsión.

Quinto.- Se concede a la Administración Concursal el plazo de un mes, a contar desde la notificación de esta resolución, para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Sexto.- Se requiere a la concursada a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Gijón, 12 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

11-02-2013
A130005834
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 8/2013 y NIG n.º 33024 47 1 2013 0000008, se ha dictado, en fecha 25 de enero de 2013, Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Ganadería Dorado, S.C., con CIF J-74084534, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Grandellana-Molleda (Corvera de Asturias).

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a:

Esther Ortega García.

Dirección postal en: Avenida Hermanos Menéndez Pidal, n.º 23 - 3º izquierda. Oviedo. 33005

Horario de atención al público: De lunes a jueves, 15,00 a 19,30 horas.

Teléfono: 985240691.

Fax: 984051547.

Correo electrónico: ortegaclear@gmail.com

Para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen, a la Administración Concursal designada, la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

En Gijón, 25 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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