El 01-01-0001, Meli Tours Sa, en LLORET DE MAR (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es A17405226. La actividad (principal) de Meli Tours Sa es actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
El concurso ha concluido.
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Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
A17405226
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Conclusión del concurso
Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso abreviado 827/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Meli Tours, S.A., con NIF A17405226, con domicilio en Lloret de Mar, Avda. de las Alegrías, n.º 6.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Girona, 27 de junio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.
- Auto de declaración de concurso
El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 827/2011 concurso, por auto de esta fecha se ha declarado en concurso, a la deudora "Meli Tours, S.A.", con DNI/CIF A-17405226, y domicilio en y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Avda. de las Alegrías, n.º 6, de Lloret de Mar.
2.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asisitidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
4.º Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.
Girona, 23 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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