E D I C T O
D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,
Por el presente, hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección V de liquidación del concurso n.º 265/12 se ha dictado con fecha 10 de febrero de 2021, auto de conclusión del concurso del deudor LOPEMUR S.COOP.LTDA. con CIF F73284689 por haberse realizado todos los bienes y derechos que componían la masa activa de la concursada.
Murcia, 10 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
Edicto
Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria judicial, de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, hago saber:
Que en la sección I declaración concurso 0000265/2012 referente al concursado LOPEMUR, SOCIEDAD COOPERATIVA LTDA. con CIF B73284689, por decreto de fecha 10 de junio de 2014, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la sociedad limitada, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
4. Se hace saber que en lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web oficinajudicialmurcia.es.
Murcia, 24 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
Edicto
D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil, N. 2 de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000265/2012 se ha dictado en fecha 17 de diciembre de 2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Lopemur S.Coop.Ltda., con F-73284689, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Vereda de Riquelme n.º 13, bajo, de Llano de Brujas (Murcia).
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el Deudor. Se ha designado, como administración concursal a D. Eduardo Gómez Soler, con domicilio postal en calle Ricardo Gil, 26, 1.º C, 30002 de Murcia y dirección electrónica señalada egomez-soler@icali.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Murcia, 10 de enero de 2013.- La Secretario Judicial.