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Concurso de acreedores Aparados Lorena Sl

El 21-11-2012, Aparados Lorena Sl, en SAN ISIDRO (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54059324. La actividad (principal) de Aparados Lorena Sl es industria del cuero y del calzado.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aparados Lorena Sl
Localidad:
SAN ISIDRO
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B54059324
Número de insolvencia:
B54059324
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ORIHUELA 24
03349 SAN ISIDRO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-02-2013
A130003669
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000525/2012, siendo la concursada Aparados Lorena, S.L., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 23/01/13, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.-Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

2.- Para los demás interesados, el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

3.- La impugnación habrá de formularse mediante escrito presentado en Decanato como tal, que habrá de adoptar forma de demanda (art. 399 LEC, proponiendo si es de su interés la prueba que estime necesaria); dicho escrito de impugnación deberá verificar el traslado previo establecido en el artículo 276 LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (art. 184.3 de la LC).

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Elche, 23 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

11-12-2012
A120081056
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:

Que por auto de fecha 21/11/2012 en el procedimiento con número de autos 000525/2012 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000668, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor "Aparados Lorena, S.L.", con domicilio en c/ Orihuela, 24, San Isidro (Alicante) y CIF n.º B-54059324, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2990, libro 0, folio 84, hoja A-95508, inscripción 1.ª, representada por el procurador don Miguel Martínez Hurtado.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Luis Domingo Esquer Rubira, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal: Calle Vicente Blasco Ibáñez, 50, 3.º, 03201 Elche y dirección de correo electrónica: aparadoslorena@administracion-concursal.es, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 22 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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