Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Mtc 92 Sl

El 17-10-2012, Mtc 92 Sl, en SANT BOI DE LLOBREGAT (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B60158243. La actividad (principal) de Mtc 92 Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mtc 92 Sl
Localidad:
SANT BOI DE LLOBREGAT
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B60158243
Número de insolvencia:
B60158243
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MURCIA (E PG IND CAN CALDERON) 37
08830 SANT BOI DE LLOBREGAT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-05-2021
A210029974
 
  • Conclusión del concurso
 

José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de B‹arcelona,

Hago saber:

Que en el Concurso abreviado 606/2012-A se ha dictado auto por el que se ha declarado concluso y el archivo de la reapertura del concurso de MTC 92, S.L., con CIF. nº B-60158243.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.481.1 LC), ha acordado el cese del Administrador concursal nombrado para la reapertura y la aprobación de la rendición de cuentas presentada.

Barcelona, 6 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

11-03-2021
A210014550
 
  • Conclusión del concurso
 

Don José Antonio Alonso Almaraz, Letrado de la administración de Justicia del Juzgado de los Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hago saber: Que en el procedimiento 606/2012-A, que se sigue ante este Juzgado, el día 17 de diciembre de 2020, el Magistrado Juez don Francisco Modesto Gil Monzó, dictó un auto de reapertura del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo la reapertura del presente procedimiento concursal de la mercantil MTC 92, S.L., con domicilio social en la calle Murcia, n.º 37, E, de Sant Boi de Llobregat con C.I.F. n.º B-60158243, a los únicos efectos de autorizar a la administración concursal a la liquidación del importe de 770,84 euros aparecidos con posterioridad a la conclusión del concurso.

Nombro cómo administrador concursal a Pedro Franco Corrons, quien deberá aceptar y jurar el cargo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, debiendo acreditar en el acto de la aceptación que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo para responder de los posibles damos en el ejercicio de su función.

Anúnciese por edictos la reapertura del concurso, que se publicará en el BOE con carácter gratuito y en el Registro publico Concursal, librándose los correspondientes oficios, así como en el tablón de anuncian del Juzgado.

Una vez practicada la liquidación acordada, la administración concursal designada, deberá ponerlo en conocimiento de este Juzgado, para proceder al archivo del presente concurso viene acordado en el Auto 128/15 de fecha 26 de junio de 2015 que mantiene todos sus efectos".

Barcelona, 3 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

16-04-2013
A130016867
 
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Secretario Judicial D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 606/2012-A, sobre proceso concursal de la mercantil MTC 92, S.L., por auto de fecha se ha declarado la apertura de la fase de convenio.

Se convoca Junta de Acreedores, que se celebrará el día 3 de mayo de 2013 a las 10 horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sita en la Ciutat de la Justicia, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C. La administración concursal deberá convocar a todos los acreedores que figuren en la lista definitiva con una antelación no inferior a quince días.

Se pone en conocimiento de los acreedores que la concursada ha presentado propuesta de convenio que se encuentra a su disposición en la Secretaria de este Juzgado pudiendo los acreedores adherirse al contenido de la misma.

Barcelona, 21 de marzo de 2012.- La Secretaria judicial.

27-11-2012
A120079686
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Secretario Judicial don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 606/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 17 de octubre de 2012, el concurso voluntario de MTC 92, S.L. con CIF: B-60158243 y domicilio en calle Murcia, 37-E, de Sant Boi de Llobregat, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Manuel Matías Fabana por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en avenida Josep Tarradellas, 133-139, escalera A, 7.º 4.º, 08029 Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal info@finanzconsulta.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 25 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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