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Concurso de acreedores Persona física

El 17-12-2019, Persona física, en EL EJIDO (Almería) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de EL EJIDO. El número de insolvencia de esta empresa es 54309492Y. La actividad (principal) de Persona física es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
EL EJIDO
Provincia:
Almería
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
54309492Y
Número de insolvencia:
54309492Y
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
EL TREINTA 121
04700 EL EJIDO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-05-2021
A210029000
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Procedimiento: Concurso Abreviado 550/2017. Negociado: ED.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, n.º 4 de El Ejido (U.P.A.D. 4), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia;

1.° Que en el procedimiento antes referenciado, por auto de fecha 17 de diciembre de 2019, se ha declarado en concurso voluntario al deudor don Héctor Bladimir Santacruz Polo, con NIF 54.203.319-R, y domicilio en El Ejido, calle Río Guadiaro, 8, 2.º-B, y doña Carmen Susana Chala Aguas, con NIF 54.309,492-Y, domicilio en El Ejido, calle Río Guadiaro, 8, 2.º-B.

2.° Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3.° Que la administración concursal la integra don Marcelino Rey Bellot, Colegio Profesional de Abogados de Almería, provisto de DNI 30808169Z, teléfono 696462671, con domicilio profesional Avda. Federico García Lorca, 104, 2.º-A, Almería, y con dirección de correo electrónico bellotabogados@gmail.com, que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.° Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

6.° Que se designa la página web Iittps://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad regisfral en el Registro Público Concursal.

El Ejido, 9 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María del Carmen Prados Estévez.

Informes
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