Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Centro De Comunicacion Creatividad Y DiSeño Grafico C Y C Sl

El 16-10-2012, Centro De Comunicacion Creatividad Y DiSeño Grafico C Y C Sl, en MARRATXI (Baleares) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B07652621. La actividad (principal) de Centro De Comunicacion Creatividad Y DiSeño Grafico C Y C Sl es publicidad y estudios de mercado.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Centro De Comunicacion Creatividad Y DiSeño Grafico C Y C Sl
Localidad:
MARRATXI
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B07652621
Número de insolvencia:
B07652621
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TEIXIDORS 12
07141 MARRATXI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-08-2019
A190045139
 
  • Conclusión del concurso
 

Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por la presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 515/11 del procedimiento concursal de Centro de Comunicación, Creatividad y Diseño Gráfico, S.L., se ha dictado con fecha 23/07/2019 auto, en el que se acuerda:

1.-La conclusión del presente procedimiento concursal de CENTRO DE COMUNICACIÓN, CREATIVIDAD Y DISEÑO GRÁFICO, S.L., por finalización de las operaciones liquidatorias.

2.-Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.

3.-La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.

Palma de Mallorca, 26 de julio de 2019.- Letrado del Administración de Justicia, Vicente Manuel Bolufer Francia.

15-11-2012
A120077334
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º concurso 515/2011 y NIG nº 07040 47 1 2011 0000900 se ha dictado en fecha 16/10/2012 auto de declaración de concurso necesario del deudor "Centro de Comunicación Creatividad y Diseño Gráfico C. y C., S.L.", con CIF B07652621, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Marratxí, c/ Teixidors, n.º 12 Polígono Industrial de Marratxí.

2.º Se ha designado, como administración concursal al Letrado don Ramón Miñana Arnao, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Costa Llobera, 1-1.º 07005 de Palma y dirección de correo electrónico minana@ejb.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que serán sustituidas por la Administración Concursal.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de 1 mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de 1 mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración Concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 9 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Informes
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