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Concurso de acreedores Glomunsa Sociedad Limitada

El 01-01-0001, Glomunsa Sociedad Limitada, en SANTA COLOMA DE FARNERS (Gerona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B55043699. La actividad (principal) de Glomunsa Sociedad Limitada es actividades de construcción especializada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Glomunsa Sociedad Limitada
Localidad:
SANTA COLOMA DE FARNERS
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B55043699
Número de insolvencia:
B55043699
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RIPOLL 0
17430 SANTA COLOMA DE FARNERS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-12-2011
88553
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado Mercantil número 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal, anuncia:

Primero. Que en el procedimiento número 678/2011 concurso, por auto de once de noviembre 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil deudora Glomunsa, S.L., con C.I.F. número B55043699 y domicilio en calle Ripoll, nave D, de Santa Coloma de Farners y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Santa Coloma de Farners.

Segundo. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley concursal.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Tercero. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado( artículo 184.3 de la ley concursal).

Cuarto. Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

Girona, 11 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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