Edicto
Don Luis GarcÃa Aguado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número dos de esta Ciudad de Segovia y de su Partido y de lo Mercantil.
Hace saber:
Que en este órgano judicial se tramita Sección I declaración concurso 0000156 /2012, seguido a instancias de ALMACÉN DE PATATAS MARCOS, S.L., en la que, por resolución de fecha 17 de febrero de 2017 se ha acordado lo siguiente:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expÃdanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
5.- La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artÃculo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el articulo 24.
Segovia, 17 de febrero de 2017.- Letrado de la Administracion de Justicia.
Don Luis García Aguado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos y de lo Mercantil de Segovia, anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 0000156/2012, referente al concursado "Almacén de Patatas Marcos, Sociedad Limitada", por auto de fecha 4 de abril de 2013, se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Segundo.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero.- Se ha declarado disuelta la concursada "Almacén de Patatas Marcos, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Segovia, 4 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
Don Luis García Aguado, Secretario del Juzgado de Primera instancia e Instrucción del número dos y de lo Mercantil de Segovia y su Partido.
Hace saber: Que en el concurso de acreedores 156/2012 seguido a instancia de "Almacén de Patatas Marcos, Sociedad Limitada", he acordado notificar, por medio del presente, que ha sido presentado en este Juzgado el correspondiente informe por la Administración Concursal, a fin de que cualquier interesado pueda impugnar el inventario y Lista de acreedores dentro del término de diez días si les conviniere pudiendo obtener copia a su costa.
Segovia, 6 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Don Luis García Aguado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos y Mercantil de Segovia, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración de concurso 156/2012, se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2012 auto declaración de concurso del deudor "Almacén de Patatas Marcos, Sociedad Limitada", con Código de Identificación Fiscal B40149387, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Los Caídos, número 9, de Cuéllar (Segovia).
Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. Se ha designado, como administración concursal, por auto de fecha 23 de mayo de 2012, al letrado don Ángel Gracia Ruiz, con Documento Nacional de Identidad 03436894G, con domicilio postal en calle Grabador Espinosa, número 1, piso segundo C, de Segovia y dirección electrónica: angelgra@telefonica.net para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Segovia, 21 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
1.- Declarar en concurso a ALMACÉN DE PATATAS MARCOS S.L., con C.I.F. B40149387, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procurador/a Sr./a. ALFREDO JESÚS POLO ALONSO, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: - El Letrado D. JESÚS FERNÁNDEZ GÓMEZ, con D.N.I. 034554895S, con domicilio en C/ Teodosio el Grande, 8, Edificio Ruiz de Alda, oficina 5 - Segovia, con dirección de correo electrónico "jfgabogados@icasegovia.com 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación ( artículo 29 de la LC ), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. Hágase saber a la administración concursal que, de conformidad con el artículo 191 de la LC, el plazo para presentar el inventario de bienes y derechos de la masa activa es de quince días, contados a partir del día siguiente a la aceptación del cargo; y que el plazo para presentar gel informe será de un mes a contar desde el mismo momento que el anterior. De conformidad con el artículo 191, la administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5°, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el registro correspondiente a este órgano judicial y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano. 12.- Dar conocimiento de la presente resolución al registro público establecido en el artículo 198 de la LC, en la forma establecida reglamentariamente. 13.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, en el Registro Mercantil de Segovia en el Tomo 82, Sección 8', Folio 173, hoja SG1850, inscripción 2ª, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos, en concreto, en el Registro de la Propiedad de Cuéllar (Segovia), en la registral 29124. i 15.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 16.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 17.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Segovia, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad. 18.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 19.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 20.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución.