Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Jayca De Porcino Sl. (En Liquidacion)

El 05-12-2013, Jayca De Porcino Sl. (En Liquidacion), en CUELLAR (Segovia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEGOVIA. El número de insolvencia de esta empresa es B40239287. La actividad (principal) de Jayca De Porcino Sl. (En Liquidacion) es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Se ha abierto la sección 6.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Jayca De Porcino Sl. (En Liquidacion)
Localidad:
CUELLAR
Provincia:
Segovia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B40239287
Número de insolvencia:
B40239287
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
CAMILO JOSE CELA, 50 - PISO 3 B 0
40200 CUELLAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-12-2014
A140060858
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Don Luis García Aguado, Secretario judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Intrucción n.º 2 y Mercantil de Segovia,

Anuncia

Que en la Sección I Declaración Concurso 0000454/2013, referente al concursado JAYCA DE PORCINO, S.L., con CIF B40239287, por Auto de fecha 19 de noviembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. Se ha acordado el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal y la disolución de la sociedad.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el Tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Segovia, 19 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.

23-12-2013
A130069683
 
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis García Aguado, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y de lo Mercantil de Segovia, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 0000454/2013 41 1 2013 0003079, se ha dictado en fecha cinco de diciembre de 2013, auto declaración concurso del deudor "Jayca de Porcino, Sociedad Limitada" con Código de Identificación Fiscal B40239287, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cuéllar (Segovia) avenida Camilo José Cela, 50.

Segundo.-Se ha acordado la intervención y suspensión de las facultades administración y disposición de la concursada. Se ha designado, como administrador concursal al Letrado doña Emerita Asenjo Cuéllar, con Documento Nacional de Identidad 03465822K, domiciliada en Segovia, calle Buitrago, 4, piso tercero y correo electrónico mery@toraser.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Segovia, 5 de diciembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

05-12-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
1.- Declarar en concurso a JAYCA DE PORCINO S.L., toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual inminente. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procurador/a Sr./a. MARÍA BELÉN ESCORIAL DE FRUTOS, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas y suspendidas. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: Al Letrado EMERITA ASENJO CUÉLLAR, con DNI 03465822K domiciliada en Segovia c/Buitrago 4 3° y correo electrónico mery@toraser.es. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración concursal que, de conformidad con el artículo 191 de la LC, el plazo para presentar el inventario de bienes y derechos de la masa activa es de quince días, contados a partir del día siguiente a la aceptación del cargo; y que el plazo para presentar el informe será de un mes a contar desde el mismo momento que el anterior. De conformidad con el artículo 191, la administración concursal, con una antelación minina de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5°, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el registro correspondiente a este órgano judicial y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y una copia de todo ello. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano. 12.- Dar conocimiento de la presente resolución al registro público establecido en el artículo 198 de la LC, en la forma establecida reglamentariamente. 13.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto en el Registro Mercantil de Segovia tomo 258, libro 0, folio 82, sección 8, hoja SG-5730 , haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. 14.- El concursado no tiene bienes ni derechos inscritos en registro público alguno. 15.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 16.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 17.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Segovia para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad. 18.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 19.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 20.- Se ha solicitado por el deudor liquidación. 21.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. 22.- Formar la correspondiente pieza separada para la tramitación de la propuesta de liquidación presentada por el concursado, pieza que se encabezará con testimonio de la presente resolución.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
    • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos