Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Construcciones Rubio Y Granell Sl

El 17-02-2012, Construcciones Rubio Y Granell Sl, en RIOLA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B46162418. La actividad (principal) de Construcciones Rubio Y Granell Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Rubio Y Granell Sl
Localidad:
RIOLA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B46162418
Número de insolvencia:
B46162418
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LES BARQUES 0
46417 RIOLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-11-2019
A190061285
 
  • Conclusión del concurso
 

D. José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 001220/2011, habiendose dictado en fecha 17/09/19 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, auto firme de conclusion de concurso voluntario abreviado, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Acuerdo la conclusión del concurso de la mercantil Construcciones Rubio y Granell, SLU, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinción de la personalidad de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el administrador concursal,quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifiquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publiquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablon de anuncios de este juzgado y en el BOE,de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Librese mandamiento por duplicado al registro mercantil para que proceda la cancelación de la inscripcion de los asientos correspondientes a la declaracion del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el registrador mercantil debera comunicar al resto de registros publicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 178.2 LC, en relación con los art 23 y 24 Lc y art 323 RRM.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art. 177LC).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llevese el original al libro correpondiente. Asi lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 17 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

19-02-2013
A130007195
 
  • Cese de los Administradores
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Pilar Lluna Gasco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Construcciones Rubio y Granell, S.L.U., con el número de registro 001220/2011, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 5-02-13 con el siguiente tenor literal:

"Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada.

Se declara la disolución de la mercantil concursada Construcciones Rubio y Granell, S.L.U., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Domingo García Núñez, con D.N.I./N.I.F. número 22538979-Z, ello sin perjuicio de continuar aquella administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables".

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 5 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

14-12-2012
A120082815
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Construcciones Rubio y Granell, S.L.U., con el número de registro 1220/11 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 27 de noviembre de 2012 con el siguiente tenor literal:

"1.-Declarar finalizada la fase común del concurso, y declarar la apertura de la fase de convenio.

2.-Se acuerda la formación de la sección quinta del concurso que principiará con el correspondiente testimonio del presente Auto, advirtiendo al concursado y acreedores que se inicia el plazo para la presentación de propuestas de convenio previsto en el art. 113.2 de la LC, y que en caso de no presentarse o no admitirse a trámite ninguna, se procederá sin más a la apertura de la fase de liquidación en cumplimiento del art. 143 de la misma ley.

3.-Queda convocada la Junta de acreedores de la compañía Construcciones Rubio y Granell, S.L.U., para el próximo día veinticinco de febrero de 2013, a las doce horas, a celebrar en la Sala 7 y 9 de la Ciudad de la Justicia de Valencia, comunicándose a los acreedores que podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del art. 115.3 de la Ley Concursal.

4.-Procédase a dar la debida publicidad en los términos del art. 23 LC, insertándose este auto en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con el precitado artículo 23 de la ley Concursal."

Valencia, 27 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.

03-04-2012
A120018875
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Dña. Néus Sabater Ventura,secretaria judicial del juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia, por el presente

Hago Saber: Que en éste juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1220/11 habiéndose dictado en fecha 17-02-12 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Construcciones Rubio y Granell, S.L.U., CON cif B46162418, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a Domingo García Núñez,con domicilio profesional en C/Cirilo Amorós n.º 82-9, teléfono 963162930-627461268, y correo electrónico domingo@anq-asesores.com., expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85

Valencia, 7 de marzo de 12.- Secretaria judicial.

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