Edicto
Doña Lucia Peces Gómez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,
Anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 194/2012 seguido en este órgano judicial, a instancia del Procurador Sr. Juan Luis García Luengo, en nombre de INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES DE EXTREMADURA, S.L., con CIF B-10386126 se ha dictado Auto n.º 44/2020, de fecha 10 de marzo de 2020, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1. Declarar la conclusión del concurso INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES DE EXTREMADURA, S.L., con CIF B-10386126, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5. Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. José María Hernández Ferrero.
Badajoz, 10 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucia Peces Gómez.
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,
Anuncia que el concurso voluntario abreviado número 194/12 referente al concursado Ingeniería y Construcciones de Extremadura, S.L., con CIF número B10386126, por auto de fecha 7 de mayo de 2013 se ha acordado lo siguiente:
1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal.
2. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
3. Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la presente publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Badajoz, 7 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:
Que en el concurso abreviado voluntario 0000194 /2012, referente al concursado "Ingeniería y Construcciones de Extremadura, S.L.", con CIF B10386126, por Auto de fecha 7 de febrero de 2013, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Ingeniería y Construcciones de Extremadura, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Badajoz, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judidial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:
1.-Que en la Sección I Declaración Concurso 194/2012, referente al deudor Ingeniería y construcciones de Extremadura, S.L., con CIF B10386126, se ha presentado informe de la Administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de masa activa, pasiva y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial
3.-Para hacerlo necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Badajoz, 26 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.
D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la sección I declaración concurso 194/2012 se ha dictado en fecha veinticinco de septiembre de dos mil doce, auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor Ingeniería y Construcciones de Extremadura, S.L. con CIF B-10386126, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Torremejía, (Badajoz) calle Castúo, n.º 1, C.P. 06210.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía el concursado. Se ha designado, como administración concursal al economista D. José María Hernández Ferrero, con domicilio en calle Santa Eulalia, n.º 32, 1.º, puerta 1, 06800 Mérida, y dirección electrónica: concursoincoex@cprauditores.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Badajoz, 25 de septiembre de 2012.- Secretaria Judicial.