Don Jorge VÃctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen Autos de Concurso Ordinario-000559/2012 Voluntario, de la deudora Concursada Ramón Romero MartÃnez y MarÃa Isabel Rambla González, con DNI 19475770Z y 73737550X, con domicilio en Pasaje Doctor Serra, n.º 1.º-9.º-25.º, Valencia y Pasaje Doctor Serra, n.º 1.º-9.º-25.º, Valencia, en cuyo seno se ha dictado Auto de fecha veinticinco de abril de dos mil diecisiete por el Ilmo. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art.178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para su conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 25 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario - 001631/2012 Voluntario, de la deudora concursada Rambla y Panach, S.L., con CIF n.º B-96930797, con domicilio en la Polígono La Bernia, n.º 1, (polígono industrial), Canet d´en Berenguer en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diez de febrero de dos mil catorce por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y el archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 10 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntaria n.° 1631/2012, habiéndose dictado en fecha 14 de diciembre de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Rambla y Panach, S.L., con domicilio en calle la Bernia, n.º 1 (Poligono Industrial) Canet D`En Berenguer y CIF n.° B96930797, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 6506, de la Sección 8.ª, Libro 3811, Folio 186, Hoja V-63302, inscripción 1.ª
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada.
Se ha nombrado Administrador concursal a don Alfredo Dasi Grau con domicilio en la calle Sorni, n.º 12-2.ª-4, Valencia y correo electrónico aldafresido@sorniabogados.com
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concurso a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 14 de diciembre de 2012.- El Secretario judicial.