Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Soler Y Soler Costa Mediterranea S.L.

El 14-02-2012, Soler Y Soler Costa Mediterranea S.L., en SAN PEDRO DEL PINATAR (Murcia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B73423493. La actividad (principal) de Soler Y Soler Costa Mediterranea S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Soler Y Soler Costa Mediterranea S.L.
Localidad:
SAN PEDRO DEL PINATAR
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B73423493
Número de insolvencia:
B73423493
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
EXTREMADURA (PD LO PAGA) 0
30740 SAN PEDRO DEL PINATAR
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-12-2020
A200061351
 
  • Conclusión del concurso
 

E D I C T O

D/Dª. Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia;

1.- Que en el procedimiento Concurso abreviado 0000218 /2011, de la mercantil concursada Soler y Soler Costa Mediterránea, S.L., con Cif B- 73423493, por auto de fecha 30/11/20 se ha procedido a acordar la conclusión y archivo del concurso por haber finalizado las operaciones de liquidación.

Murcia, 2 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

28-05-2019
A190030417
 

Edicto.

D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia;

1. Que en el procedimiento concurso abreviado 0000218 /2011, del deudor Soler y Soler Costas Mediterránea, S.L., con CIF B-73423493, por auto de fecha 21/05/19 se ha procedido a la declarar la reapertura del presente concurso que fue concluido por inexistencia de bienes y derechos.

Murcia, 21 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

27-07-2016
A160045307
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la sección quinta
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia, de Juzgado de lo Mercantil n. 2 de Murcia, anuncia:

Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de Concurso Abreviado Necesario número 218/2011, de mercantil deudora en liquidación Soler y soler Costa Mediterranea S.L., C.I.F. número B-73423493, instado por la Procuradora Doña Inmaculada de Alba y Vega, en nombre y representación de Construcciones Gasarca S.L.; en el que se ha dictado con fecha 12 de julio de 2016 auto, firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Soler y Soler Costa Mediterranea S.L..

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Murcia, doy fe."

Murcia, 12 de julio de 2016.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

09-03-2013
A130010056
 
  • Plan de liquidación
 

Edicto

D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000218/2011, referente al concursado Soler y Soler Costa Mediterránea, S.L., se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, el día 22 de febrero, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

En Murcia, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

04-02-2013
A130003815
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Murcia, anuncia:

Que en la Sección Primera Declaración Concurso 218 /2011, referente al concursado Soler y Soler Costa Mediterránea, S.L. con C.I.F. número B-73.423.493, por auto de fecha 23 de enero de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del administrador concursal.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. Se ha acordado el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en Boletín Oficial de Estado, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Murcia, 23 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

08-05-2012
A120027271
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:

1.- Que en el Sección Primera Declaración Concurso 0000218 /2011, referente al deudor Soler y Soler Costa Mediterráneo se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Murcia, 25 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

29-02-2012
A120010186
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 218/2011 se ha dictado a instancias de Construcciones Gasarca, S.L., en fecha 14 de febrero de 2012 auto de declaración de Concurso necesario del deudor Soler y Soler Costa Mediterránea, S.L., con c.i.f. número b-73423493, con domicilio en calle Pantano de Argos, 5 San Pedro del Pinatar (Murcia).

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de los deudores quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

3º.- Ha sido designado Administrador Concursal don Carmelo Rives Pulleda, economista, con despacho profesional en Orihuela Avda. Teodomiro, 56 entresuelo C.P. 03300 Alicante y correo electrónico ‹ info@cgaauditores.es› fax 902001488.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal y dirección electrónica del Administrador Concursal que constan en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro en la Ciudad de la Justicia.

6ª.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 20 de febrero de 2012.- La Secretaria.

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