Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Bontrucat Sl

El 23-01-2012, Bontrucat Sl, en SANT JULIA DEL LLOR I BONMATI (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17772567. La actividad (principal) de Bontrucat Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bontrucat Sl
Localidad:
SANT JULIA DEL LLOR I BONMATI
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17772567
Número de insolvencia:
B17772567
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAN MOLINOT 18
17164 SANT JULIA DEL LLOR I BONMATI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-11-2017
A170082130
 
  • Conclusión del concurso
 

Don José Antonio Marquínez Beitia, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el Concurso Voluntario Abreviado 734/2011 se ha dictado mediante Auto de fecha 11 de octubre de 2017 y por el que se ha declarado concluso el concurso de BONTRUCAT, SOCIEDAD LIMITADA, con número de identificación fiscal B17772567, con domicilio en Calle Molí, 18, 17164 de Bonmatí.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de conclusión de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada en el artículo 23.1 de la Ley Concursal.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 Ley Concursal), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento.

Girona, 11 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

27-02-2012
A120009409
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el Concurso voluntario Abreviado n.º 734/2011 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Bontrucat, S.L., con domicilio en la calle Del Molí, número 18, de la población de Sant Julià de Llor i Bonmatí (Girona), CIF núm. B-17772567, siendo designado como Administrador Concursal al economista don Juan Lloret Villota.

La entidad mercantil deudora conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento,características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias, auténticas, del título o documentos relativos al título con copia de todo ello por duplicado.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 23 de enero de 2012.- El Secretario judicial.

Informes
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