Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Burmi Sl

El 18-10-2011, Burmi Sl, en AGONCILLO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26166389. La actividad (principal) de Burmi Sl es fabricación de muebles.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Burmi Sl
Localidad:
AGONCILLO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B26166389
Número de insolvencia:
B26166389
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
NACIONAL 232 (CR. NACIONAL DE ZARAGOZA) 16
26160 AGONCILLO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-09-2017
A170064832
 

EDICTO

Dña. María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 811/2011 y N.I.G. 26089 42 1 2011 0007663, por auto de fecha 8 de septiembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil BURMI, S.L., con CIF B-26166389 con domicilio social en Carretera de Zaragoza-Recajo, nº 16, de Agoncillo-La Rioja. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de BURMI, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 8 de septiembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

28-01-2014
A140003437
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 811/2011, referente a la entidad BURMI, S.L., con fecha 11 de diciembre de 2013 se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal de BURMI, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la Ley Concursal.

- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

- Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

- Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

- Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Logroño, 11 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

21-09-2013
A130051431
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 811/11 referente a la entidad Burmi, Sociedad Limitada, con domicilio social en Agoncillo, carretera de Zaragoza-Recajo, número 16, y código de identificación fiscal B26166389, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los trámites procesales a que alude el art. 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.

3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este Edicto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

12-11-2012
A120075177
 
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Doña María Asunción Gonzalez Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño, anuncia:

1. Que en la sección V, convenio 0000811/2011, en el que figura como concursada "Burmi, Sociedad Limitada", se ha dictado el día 15 de octubre de 2012, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 25 de septiembre de 2012.

2. El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.

3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte días, computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Logroño, 15 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

28-07-2012
A120054086
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 811/2011 referente al concursado Burmi, Sociedad Limitada, se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 25 de septiembre de 2012, a las 9:45 horas, en la Sala de Vistas número 2 del edificio de los Juzgados de Logroño.

2. Se someterán a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta las propuestas de convenio presentadas por la concursa.

Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficina judicial.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

3. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Logroño, 17 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

27-06-2012
A120046468
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 811/2011 referente al concursado "Burmi, Sociedad Limitada", se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 11 de septiembre de 2012, a las nueve treinta horas, en la sala de vistas número 2 del edificio de los Juzgados de Logroño.

2. Se someterán a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta las propuestas de convenio presentadas por la concursada.

Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la Administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficina judicial.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Logroño, 14 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.

02-01-2012
A110093555
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.- Que en el Concurso Voluntario y Abreviado número 811/2011, referente al deudor Burmi, Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.

2.- Dentro del plazo de "diez días", computado desde la última de las publicaciones de éste edicto que se publicará en éste Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de éste órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en éste órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Logroño, 15 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

24-12-2011
87248
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en éste órgano judicial con el número 811/2011 se ha dictado en fecha de dieciocho de octubre de dos mil once "Auto de declaración de Concurso Voluntario y Abreviado" del deudor Burmi, Sociedad Limitada, con domicilio social en Agoncillo, carretera de Zaragoza número 16, Recajo, La Rioja y con Certificado de Identificación Fiscal B-26.166.389, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Logroño.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que serán asumidas por la Administración Concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante éste órgano judicial en el plazo de "un mes" a partir de la última fecha de publicación de éste edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor,por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, caracerísticas y calificación que se pretenda indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador o Procuradora y asistidos de Letrado o Letrada, (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Logroño, 18 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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