Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento núm. 495/11-N, por auto de 25 de abril de 2014, se ha acordado la conclusión y archivo del proceso concursal de la deudora CARPILAR, S.L., domiciliada en Lugar de A Revolta-Vilar de Calo, Teo (A Coruña), por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1.º Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2.º El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3.º Procederá la extinción de la entidad CARPILAR, S.L. y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela a cuyo efecto expídanse mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santiago de Compostela comunicando la conclusión de concurso voluntario para su inscripción en la hoja registral correspondiente.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
Así lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Ilma. D. Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña. Doy fe.
A Coruña, 21 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.