Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Aluytec Del Sureste Sl

El 19-10-2011, Aluytec Del Sureste Sl, en BIGASTRO (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54281845. La actividad (principal) de Aluytec Del Sureste Sl es actividades de construcción especializada.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aluytec Del Sureste Sl
Localidad:
BIGASTRO
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B54281845
Número de insolvencia:
B54281845
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DEL MEDIO AMBIENTE 0
03380 BIGASTRO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-07-2012
A120051251
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado 715/2011 R, de la mercantil Aluytec del Sureste, Sociedad Limitada, con domicilio en la c/ Medio Ambiente, n.º 17, polígono industrial Apatel de Bigastro y CIF número B-54281845, inscrita en el registro mercantil de esta provincia al tomo 3231, libro 0, folio 99, hoja A-109049, en cuyo seno, con fecha 7-05-12, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el titulo III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por el administrador concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente e el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado por el plazo de diez días.

Líbrese mandamiento el Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal..."

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 7 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

25-02-2012
A120010086
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000715/2011 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Aluytec del Sureste, Sociedad Limitada, con domicilio en la C/ Medio Ambiente, n.º 17, Polígono Industrial Apatel de Bigastro, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 3.231, Libro 0, Folio 99, Hoja A-109049 y C.I.F. número B54281845, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 9-02-12, que contiene, entre otros, los siguiente pronuniciamiento:

- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diéz días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diéz días que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.).

Y para que sirva de publicación en el B.O.E expido el presente.

Alicante, 9 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

17-11-2011
83231
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado 715/2011-A en los que se ha dictado, con esta fecha 19-10-11, Auto declarando en estado de Concurso Voluntario a Aluytec del Suroeste, Sociedad Limitada, con domicilio en c/ Medio Ambiente, nº 17, polígono industrial Apatel de Bigastro y Cif número B-54281845, inscrita en el registro Mercantil de esta provincia al tomo 3.231, libro 0, folio 99, hoja A-109049.

Facultades: se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 19 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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