Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Viacro Sl

El 20-01-2011, Viacro Sl, en PINSEQUE (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es B50511559. La actividad (principal) de Viacro Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Viacro Sl
Localidad:
PINSEQUE
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B50511559
Número de insolvencia:
B50511559
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
LAS VIAS (O CR LOGRO O PG INDUSTRIAL NAV) 1
50298 PINSEQUE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-04-2013
A130015297
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 454-2010, referente al concursado Viacro, S.L., CIF B-50511559, con domicilio en calle Camino las Torres, 39, casa 3, tercero B, 50003, de Zaragoza, bajos por auto de fecha ocho de marzo de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente:

1.- Proceder al archivo del Concurso por conclusión de la liquidación e inexistencia de bienes, aprobar la rendición final de cuentas, así como su extinción y el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

2.- Se ha decretado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Zaragoza, 8 de marzo de 2013.- El/la Secretario Judicial.

11-02-2012
A120006870
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Milagros Alcón Omiedes, Secretario/a Judicial, del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

Que en la Sección I Declaración Concurso 454/2010, referencte al concursado, Viacro, S.L., con CIF B-50511559, por auto de fecha 15-12-11, se ha acordado lo siguiente:

1.- abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio,

3.- Se ha acordado el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formalización de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anuncarlo en BOE, en el Registro Público Concursal y fijado en el tabón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo. podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

23-11-2011
84080
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000454/2010 Viacro, S.L., CIF 50511559, con domicilio en Camino de las Torres, 3, tercero B, 50003 Zaragoza, referente al deudor Viacro, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 LC).

Zaragoza, 4 de mayo de 2011.- Secretario/a Judicial.

19-02-2011
9053
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D./D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil 2 de Zaragoza, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este juzgado con el n.º 454-2010 Sección I Declaración Concurso 0000454/2010 se ha dictado a instancias de Viacro, S.L. cif b 50511559, con domicilio en Polígono Industrial Las Vías nave 13, Pinseque 50298 (Zaragoza) en fecha 20 de enero de 2011 Auto de Declaración de Concurso voluntario abreviado del deudor Viacro, S.L. cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza, polígono Industrial Las Vías nave 13, Pinseque.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)

Zaragoza, 20 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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