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Concurso de acreedores Roca I Coma Sl

El 15-10-2010, Roca I Coma Sl, en RIPOLL (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17295429. La actividad (principal) de Roca I Coma Sl es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Roca I Coma Sl
Localidad:
RIPOLL
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17295429
Número de insolvencia:
B17295429
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BAC DE MEL 1
17500 RIPOLL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-05-2016
A160024470
 

Don José Antonio Marquinez Beitia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 290/10, se ha acordado mediante Auto de fecha 16 de octubre de 2015 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil ROCA I COMA, S.L., con CIF B 17295429, con domicilio en LG Cami Bad de Mel, s/n, de Ripoll.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la LC en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 24 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

09-02-2011
7022
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario Abreviado n.º 290/10, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Roca i Coma, S.L., con domicilio en c/ Bac de Mel, s/n, de Ripoll, CIF núm.B-17295429, siendo designados como administrador/es concursal/es a D. Ricardo Castaño García.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso, así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad se insertarán en el Registro Público concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona a 15 de octubre de 2010.

Girona, 15 de octubre de 2010.- Secretario Judicial.

Informes
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