Don Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, por el presente, anuncio:
Que en este Juzgado se tramita el Concurso Ordinario Voluntario núm. 667/10 de la mercantil Augimar Gestión Inmobiliaria, S.A., seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la Procuradora doña María Concepción Campayo Martínez se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 29/07/2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Carlos José Núñez López y cuya parte dispositiva es del tener literal siguiente:
Que debía acordar y acordaba la conclusión del concurso de Augimar Gestión Inmobiliaria, S.A., cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
Cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas.
Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado, y anótese la conclusión en el Registro Mercantil expidiéndose el oportuno mandamiento.
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno.
Insértese testimonio de esta resolución en los autos y llévese el original al Libro correspondiente.
Así lo acuerda, manda y firma Carlos José Núñez López, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón.
Y para que conste a efectos de publicidad se expide el presente.
Castellón, 29 de julio de 2013.- Secretario Judicial.
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
Hago saber:
Primero: Que por auto de fecha 30 de noviembre de 2010 en el Procedimiento nº 667/10, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Augimar Gestión Inmobiliaria, S. A., con domicilio en Polígono Industrial Riu Sec parcela n.º 2 de Borriol-Castellón- y CIF/DNI número A-12618849.
Segundo: Que se ordena la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal.
Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursada la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.
Castellón, 1 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.