D. César Ortiz Villamor, letrado de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Burgos, por el presente hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 170/12 y N.I.G. 09059 42 1 2012 0006106, se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2016 Auto declarando la conclusión y archivo del concurso contra la mercantil Constructora Vivar Casado, S.L., con C.I.F. B-09446550, y domicilio en Villariezo (Burgos), c/ Río Ubierna, n.º 14 - Polígono Industrial El Clavillo.
2.- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal.
Burgos, 22 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto.
Doña Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Burgos, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en la Sección Primera del procedimiento concursal n.º 170/12 y NIG n.º 09059.42 1 2012 0006106, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 10-10-2012 Auto declarando en concurso voluntario del deudor Constructora Vivar Casado, S.L., con C.I.F. n.º B-09446550 y domicilio en la calle Río Ubierna, n.º 14 - Polígono Industrial "El Clavillo" de Villariezo (Burgos).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercitará la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a la "Sociedad Profesional "Díaz de Magdalena, A.C., S.L.P.", con domicilio en la Avenida de la Paz, n.º 1 - Entreplanta, Oficina n.º 3, C.P. 09004 de Burgos, número de teléfono 947-273090, número de fax 947-273090 y dirección electrónica diazdemagdalenaac@diazdemagdalena.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Burgos, 23 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.