El 30-09-2010, Al Haud S Coop And, en VIATOR (Almería) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALMERÍA. El número de insolvencia de esta empresa es F04044699. La actividad (principal) de Al Haud S Coop And es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Nombre:
Al Haud S Coop And
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
F04044699
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
 
EDICTO
EL Juzgado de lo Mercantil de Almeria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la ley concursal (Lc), anuncia:
Que en el procedimiento número 306/2010, con Nig: 0401342M20100000299 por auto de 4 de julio de 2017 se ha declarado la conclusión del presente procedimiento concursal referente al deudor Al-Haud Sca., con Ctf F-04044699, por insuficiencia de masa activa.
Se declara aprobada la rendición de cuentas final de la Administración Concursal.
Se declara la extinción de la mercantil Al-Haud Sca y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución fÃrme.
Lo anterior se entiende sin peijuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.
almeria, 4 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Aprobación del plan de liquidación
- Apertura de la sección seis
El Juzgado de lo Mercantil de Almería
1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 306.05/2010, referente al concursado Al-Haud, S.C.A., con CIF F-04044699, por auto de fecha 16 de octubre de 2013, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal, siendo concursada Al-Haud, S.C.A., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, con las siguientes salvedades:
- Quedan excluidas de la masa activa, y no se someterá al plan de liquidación, la finca registral 4336 y 90243 inscritas en el Registro de la Propiedad n.º 3 y 1 de Roquetas de Mar, respectivamente.
2.- Se procede a la formación de la sección sexta de calificación del concurso y dentro de los diez días siguientes a la última publicación cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en esta sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Almería, 29 de octubre de 2013.- El/la Secretario judicial.
- Desconvocatoria de Junta de Acreedores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:
Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 306/2010, referente al concursado Al-Haud, S.C.A. con CIF F-04044699, por auto de fecha 9 de abril de 2013 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 10 de enero de 2013, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 19 de abril de 2013.
3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4. Se declara el cese de los Administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
Almería, 9 de abril de 2013.- El/La Secretario Judicial.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:
1. Que el procedimiento concursal número concurso número concurso abreviado 306/2010 referente al concursado Al-Haud S.C.A., con CIF F-04044699, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 19 de abril de 2013, a las 10,00 horas, en sala de vistas de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Almería, 10 de enero de 2013.- El/la Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de Primera Instancia-Mercantil Nº 7 de Almería en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia
1.º Que en el procedimiento número 306/2010, por auto de 30 de septiembre de 2010 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Al-Haud SCA, con CIF F-04044699, domicilio en Carretera Sierra Alhamilla Nave 7 (Almería).
2.º Que el deudor conserva las facultades d administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Almería, 6 de octubre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.