Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Cecotransmur Sl

El 19-05-2011, Cecotransmur Sl, en MIRANDA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B30039879. La actividad (principal) de Cecotransmur Sl es transporte terrestre y por tubería.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cecotransmur Sl
Localidad:
MIRANDA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B30039879
Número de insolvencia:
B30039879
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
CARTAGENA-MADRID (KM 428.10) 0
30310 MIRANDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-08-2013
A130045976
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

Que en este órgano judicial se tramita procedimiento concursal, 81/11, a instancias del deudor Cecotransmur, S.L., con C.I.F. número B-30039879, habiéndose dictado auto de fecha 29 de julio de 2013 acordando lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordado por auto de 8-5-13, por no haberse admitido ninguna propuesta de convenio.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 26-9-13.

3.- Abrir, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC (al tratarse de un procedimiento incoado antes de la entrada en vigor de la Ley 38/2011).

4.- Se declara la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

5.- La disolución de la sociedad y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

6.- En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web: www.oficinajudicialmurcia.es.

En Murcia, 30 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

21-05-2013
A130026438
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 0000081/2011 referente al concursado Cecotransmur, S.L., con C.I.F. número B-30039879, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 26 de septiembre de 2013 a las 10:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Murcia, 8 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

17-12-2011
86996
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

E d i c t o

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:

1.-Que en el Sección I Declaración Concurso 0000081 /2011, referente al deudor Cecotransmur, S.L., con NIF b-30039879, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.-Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Murcia, 23 de noviembre de 2011.- La Secretaria judicial.

02-06-2011
43583
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D./D.ª Macarena Valcarcel Garcia, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección 1.ª Declaración Concurso 81/2011 se ha dictado a instancias de Cecotransmur, S.L., en fecha 19-05-11 Auto de declaración de Concurso voluntario del deudor Cecotransmur, S.L., con NIF: B-30039879, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ctra. de Madrid, km. 428, Miranda - Cartagena.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, por el que ha sido nombrado Administrador Concursal a Enrique Pérez de los Cobos Ayuso, con domicilio en Fray Pedro Botia 1 bajo – Mula.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)

Murcia, 24 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

Informes
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