Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Burdilan Madrid Sl.

El 09-11-2010, Burdilan Madrid Sl., en SAN MARTIN DE LA VEGA (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B82739798. La actividad (principal) de Burdilan Madrid Sl. es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Burdilan Madrid Sl.
Localidad:
SAN MARTIN DE LA VEGA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B82739798
Número de insolvencia:
B82739798
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
HIERRO (PG IND AIMAYR ) 25
28330 SAN MARTIN DE LA VEGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
31-05-2014
A140025558
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 855/10, por auto de 13 de mayo de 2014 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Burdilan Madrid, S.L., con NIF B-82739798, y con domicilio en San Martín de la Vega (Madrid), polígono industrial Aimayr, calle Hierro, n.º 25, por inexistencia de bienes con los que poder satisfacer el pago de los créditos.

2.º Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.º Se declara que el deudor Burdilan Madrid, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia y en el de Madrid a cuyo efecto se expedirá mandamiento a los citados Registros, que se entregarán al procurador de la mercantil concursada para su diligenciamiento.

4.º Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado. Dicha publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos.

5.º Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

6.º Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

7.º Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.

Bilbao (Bizkaia), 13 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

10-12-2011
88552
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia

Que en el procedimiento concursal número 855/2010 referente al concursado Burdilan Madrid, S.L., con DNI. B82739798, por auto de fecha 15 de noviembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio

3. Se ha declarado disuelta la Burdilan Madrid, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días, siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Bilbao ( Bizkaia), 15 de noviembre de 2011.- El /La Secretario Judicial.

15-03-2011
16510
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 855/10, referente al deudor Burdilan Madrid, S.L., con NIF B82739798, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

4. El deudor no ha presentado propuesta de convenio.

Dado en Bilbao (Bizkaia),, 24 de febrero de 2011.- El/la Secretario Judicial.

29-11-2010
86249
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 855/10, por auto de 9 de noviembre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Burdilan Madrid, S.L., con NIF B82739798, con domicilio en la calle Hierro (Pol. Ind. Aimayr), número 25, San Martín de la Vega (Madrid) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vizcaya.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contra desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao (Bizkaia), 11 de noviembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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