Edicto
El Juzgado de lo mercantil número 1 de Bilbao, Bizkaia, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 294/2011 referente al concursado "Eraiz Sodupe, Sociedad Limitada", con dni B95443222, por auto de fecha 28/11/2011 se ha acordado lo siguiente:
1.-) Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-) Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-) Se ha declarado disuelta la mercantil "Iraiz Sodupe, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal.
4.-) La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao, 28 de noviembre de 2011.- El Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo mercantil número 1 de Bilbao, Bizkaia, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la ley concursal, anuncia:
1º.-) Que en el procedimiento número 294/11, por auto de 2 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Iraiz Sodupe, Sociedad Limitada", con NIF B95443222, con domicilio en calle Autonomía, número 6, entreplanta A, Sodupe, Gueñes, Bizkaia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sodupe.
2º.-) Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimnio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.-) Que los acreedores del concursado deben poner en concocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4º.-) Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, artículo 184 párrafo tercero de la Ley Concursal.
BIlbao, 2 de mayo de 2011.- Secretario Judicial.