Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Donostia-San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 704/2010 en el que figura como concursado Construcciones y Reformas Hiboi, S.L., se ha dictado el 19/6/2013 auto declarando concluso el concurso por inexistencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
En Donostia- San Sebastian a, 19 de junio de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 704/2010 referente al concursado Construcciones y Reformas Hiboi, S.L., con CIF B20636783, por auto de fecha 07/06/2011 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Construcciones y Reformas Hiboi, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia - San Sebastián, 7 de junio de 2011.- La Secretario Judicial.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
1º.- Que en el procedimiento número 704/2010, por auto de 11 de noviembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Construcciones y Reformas Hiboi, Sociedad Limitada", con NIF B20636783, con domicilio en Polígono Basabe número B 2 A – Aretxabaleta, que coincide con su centro principal de intereses.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia – San Sebastián, 11 de noviembre de 2010.- La Secretario Judicial.