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Concurso de acreedores terminado Inmogarsa 2007 Sl

El 02-11-2010, Inmogarsa 2007 Sl, en AGUILAS (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B73518698. La actividad (principal) de Inmogarsa 2007 Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inmogarsa 2007 Sl
Localidad:
AGUILAS
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B73518698
Número de insolvencia:
B73518698
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CARTAGENA 60
30880 AGUILAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-11-2018
A180068045
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber:

Que en los autos de concurso voluntario seguido ante este Juzgado con el número 244/10 de la mercantil Inmogarsa 2007 s.l. con Cif B-73518698, se ha dictado auto de conclusión del concurso de fecha 08/11/18, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: La conclusión del presente procedimiento concursal de la mercantil Inmogarsa 2007 S.L por haber concluido las operaciones de liquidación.

Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores.

Se declara la extinción de la entidad mercantil Inmogarsa 2007 S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme dirigido al Registro Mercantil de Murcia.

Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.

Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Javier Quintana Aranda, Magistrado-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Mercantil de Murcia.

Murcia, 13 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

28-01-2012
A120002372
 
  • Plan de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil núm. dos Murcia, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 0000244/2010 referente al concursado Inmogarsa 2007, S.L., en Liquidación, se ha puesto de manifiesto en la Secretaria del Juzgado el día 04.10.2011 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

2.- El deudor y los acreedores pueden formular observaciones y modificaciones al mismo en el plazo de quince días, computados para las partes personadas desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan y para los interesados no personados desde la publicación en el BOE del presente edicto.

Murcia, 16 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

09-03-2011
13682
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1.º Que en el procedimiento de concurso abreviado número 244/2010, referente a la mercantil deudora "Inmogarsa 2007, S.L.", en liquidación, con CIF número B-73518698, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Murcia, 24 de febrero de 2011.- La Secretaria judicial.

20-11-2010
80749
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Alfonso Aliaga Casanova, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 244/2010 se ha dictado a instancias de la mercantil Inmogarsa 2007, S.L. en Liquidación, en fecha 2 de noviembre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Cartagena, 60 (30880) de Águilas.

2.º Se ha acordado que la mercantil concursada ha quedado privada de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio al haber solicitado la liquidación, régimen de sustitución.

3.º Que en el presente procedimiento se ha designado como Administradora concursal única a doña M.ª Isabel Pérez Rodríguez, de profesión Titulada Mercantil, teléfono número 968400109.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 3 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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