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Concurso de acreedores terminado Hornos Tp Sociedad Limitada

El 04-11-2010, Hornos Tp Sociedad Limitada, en SOPELANA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48101315. La actividad (principal) de Hornos Tp Sociedad Limitada es otras industrias manufactureras.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hornos Tp Sociedad Limitada
Localidad:
SOPELANA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48101315
Número de insolvencia:
B48101315
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
OLABIDE KALEA 17
48600 SOPELANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-05-2012
A120027571
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 715/2010 en el que figura como concursado "Hornos T.P., Sociedad Limitada", se ha dictado el 19 de abril de 2012, auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao (Bizkaia), 19 de abril de 2012.- El/La Secretario Judicial.

31-05-2011
43090
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 715/10 referente al concursado "Hornos TP, Sociedad Limitada", con NIF B48101315, por auto de fecha 16 de mayo de 2011 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio..

3.- Se ha declarado disuelta la mercantil "Hornos T.P., sociedad limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 16 de mayo de 2011.- La Secretario Judicial.

17-11-2010
81949
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 715/10, por auto de fecha 4 de noviembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario el deudor Hornos TP, S.L., con NIF B-48101315, con domicilio en calle Olabide, n.º 17, 48600 Sopelana (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sopelana.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

En Bilbao (Bizkaia), 5 de noviembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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