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Concurso de acreedores Yeles Castellana De Encuadernacion Sa

El 28-11-2008, Yeles Castellana De Encuadernacion Sa, en YELES (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es A45498193. La actividad (principal) de Yeles Castellana De Encuadernacion Sa es artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Yeles Castellana De Encuadernacion Sa
Localidad:
YELES
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A45498193
Número de insolvencia:
A45498193
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL 6 CALLE 1 PARCELA 27
45220 YELES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-05-2010
33173
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

El Juzgado de 1.ª Instancia número 1 y de lo Mercantil de Toledo anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 712/08 represente al concursado, por auto de fecha 8 de marzo de 2010, se ha acordado lo siguiente:

Primero.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Segundo.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero.-Se ha declarado disuelta la "Yeles Castellana de Encuadernación, S.A.", cesando en su función sus Administradores que serán sustituidos por la adminsitración concursal.

Toledo, 8 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.

28-11-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
PARTE DISPOSITIVA1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr/Sra MARIA DEL VALLE ROJAS CUARTERO en nombre y representación del deudor YELES CASTELLANA DE ENCUADERNACION S.A.2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor YELES CASTELLANA DE ENCUADERNACION S.A. con CIF A-45498193.3.- E1 deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.4.- Se nombran administradores del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a los siguientes:1° A1 ABOGADO D./Da Da CRISTINA GOMEZ DE LAS HERAS MIÑANO con DNI 3850678-H que designa como domicilio su despacho profesional sito en CALLE DUQUE DE LERMA N° 5 - 1° 2 - TOLEDO, estado civil CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACION DE BIENES2° A1 ECONOMISTA D. CLAUDIO ALBERTO SWIEC TENENBAUM con DNI 46227072-Q que designa como domicilio su despacho profesional sito en CALLE COSTANILLA DE SAN LORENZO, N° 8 - 1° - EDIFICIO ABACO - TOLEDO, estado civil CASADO EN REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES.3° Tan pronto conste acreedor que reúna las condiciones exigidas en el artículo 27.1.3° se designará.5.- Llámense a los acreedores del concursado para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicació,n en e1 plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín oficial del Estado y en el/los diario/s de LA TRIBUNA DE TOLEDO.La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.6.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y en el/los diario/s de LA TRIBUNA DE TOLEDO.Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.Los respectivos oficios entréguense al procurador de la concursada para su diligenciado.7.- Inscríbase en el Registro Mercantil de TOLEDO la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores.Anótese preventivamente en el Registro de LA PROPIEDAD N° 1 DE ILLESCAS en e1 folio correspondiente a cada uno de los bienes que se indican, lo acordado sobre las facultades de administración y disposición del deudor con expresión de su fecha y el nombramiento de los administradores.Descripción de los bienes: FINCA REGISTRAL N° 4776 INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD N° 1 DE ILLESCAS, AL TOMO 1822, LIBRO 69, FOLIO 69, INSCRIPCION 4- Y 5a.Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de 1a anotación preventiva en inscripción.Entréguense el/los mandamiento/s al procurador de la concursada para su diligenciado8.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.9.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de ia Instancia e Instrucción y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.En el presente caso el deber incumbe a los administradores o liquidadores de la persona jurídica, o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores.LOS ADMINISTRADORES SON: D. JULIO GONZALEZ MORENO CON DNI 3390498-E y D. VENANCIO FERNANDO QUINTANA ALVAREZ CON DNI 51174790-C10.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto.11.- Se tiene pedida por el deudor la liquidación.12.- Comuníquese a LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE ILLESCAS la presente declaración de concurso interesando la suspensión de las ejecuciones que se encontraren en tramitación en los órganos citados, anulando, en su caso, las actuaciones practicadas con posterioridad a dicha declaración y comunicando a este Juzgado haberlo verificado, o, en otro caso, exponiendo las razones para no hacerlo.En el oficio remisorio especifíquense, si procede, las ejecuciones que se encuentren en trámite.Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.Así mismo, notifíquese a FOGASA (FONDO DE GARANTiA SALARIAL)MODO DE IMPUGNACIÓN:L.- Contra 1a DECLARACIÓN DE CONCURSO cabe, por quien acredite interés legítimo, RECURSO DE APELACIÓN ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.E1 recurso se preparará por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS, contados desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso y limitado a citar la resolución recurrida.2.- Contra los DEMÁS PRONUNCIAMIENTOS del auto cabe RECURSO DE REPOSICIÓN por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en plazo de CINCO DÍAS, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 LC y 452 LECn).Lo acuerda y firma S.Sa. Doy fe.EL MAGISTRADO-JUEZLA SECRETARIA JUDICIALDATOS DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSALES ABOGADO Da CRISTINA GOMEZ DE LAS HERAS MIÑANO con DNI 3850678-H que designa como domicilio su despacho profesional sito en CALLE DUQUE DE LERMA N° 5 - 1° 2 - TOLEDO, estado civil CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACION DE BIENES.Fecha de firma de acta de aceptación del cargo: Ol/12/20082° ECONOMISTA D. CLAUDIO ALBERTO SWIEC TENENBAUM con DNI 46227072-Q que designa como domicilio su despacho profesional sito en CAL-E COSTANILLA DE SAN LORENZO, N° 8 - 1° - EDIFIC-O ABACO - TOLEDO, estado civil CASADO EN REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES.Fecha de firma de acta de aceptación del cargo: 02/12/20083° Tan pronto conste acreedor que reúna las condiciones exigidas en el artículo 27.1.3° se designará.Y para que por ese Registro Mercantil se proceda a realizar la inscripción de las circunstancias previstas en los apartados I y 2 del articulo 24 de la LC, se expide el presente por duplicado, interesando la devolución de uno de ellos haciendo constar haber realizado la inscripción o los motivos para dejar de hacerla.Dado en TOLEDO, a tres de diciembre de dos mil ocho.
Informes
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