El 07-07-2010, Persona física, en BRENES (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es 75421212A. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
75421212A
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 700/2010, por auto de 7 de julio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Rafael Luís Fernández Marchena, con C.I.F. 75.421.212-A y domicilio en C/ Gustavo Adolfo Bécquer, 28, Brenes, 41010 Sevilla.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la L.C.)
Sevilla, 7 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número Uno de Sevilla, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 700/2010, por auto de 7 de julio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Rafael Luís Fernández Marchena, con C.I.F 75.421.212-A y domicilio en C/ Gustavo Adolfo Bécquer, 28, Brenes, 41010 Sevilla.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.
El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).
Sevilla, 7 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.
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