Edicto
D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 97/2010- C, referente al deudor Montajes Navales Rande, S.L.U., se ha acordado, por Auto de 18 de enero del 2013, ya firme, la conclusión de concurso por finalización de la liquidación.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad Montajes Navales Rande, S.L.U.
Pontevedra, 22 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra
Anuncia
1.-Que en el procedimiento concursal número 97/2010 referente al deudor Montajes Navales Rande, S.L.U., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Pontevedra, 27 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento número 97/2010, por auto de 4-5-10 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Montajes Navales Rande, S.L.U.", con CIF B-36361822, con domicilio en c/ Travesía Primera Espíritu Santo, n.º 117 (36947) Cangas.
Segundo.-El deudor "Montajes Navales Rande, S.L.U." conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso, conforme lo dispuesto en el artículo 23 y en la forma prevista en el artículo 85 de la LC.
Dicha comunicación se remitirá directamente, por escrito, al Juzgado de lo Mercantil, sito en C/ Rosalía de Castro, 5, Pontevedra.
Pontevedra, 11 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.