Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Talital Comunicaciones Sl

El 14-01-2010, Talital Comunicaciones Sl, en CARBALLO (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B36907681. La actividad (principal) de Talital Comunicaciones Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Talital Comunicaciones Sl
Localidad:
CARBALLO
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36907681
Número de insolvencia:
B36907681
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CL IGLESIA 10
CARBALLO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-05-2020
A200018996
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de A Coruña, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento número 1985/2009, por auto de 4 de febrero de 2020, se ha declarado auto de conclusión del deudor TALITAL COMUNICACIONES, S.L., CIF n.º B-36907681, con domicilio en calle Iglesia, n.º 10, de Carballo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carballo, en el que se acordó:

1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 1985/2009 referente a la deudora TALITAL COMUNICACIONES, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3.- Se acuerda la extinción de las personas jurídicas deudoras, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de A Coruña a cuyo efecto se expedirá mandamiento a los citados Registros.

4.- Líbrese mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado, La publicación en el Boletín oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el articulo 179 y siguientes de la LC.

7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que se procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.

9.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.

Contra este auto no cabe recurso alguno (articulo 177.1 LC).

A Coruña, 17 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

03-02-2010
5519
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Lay Concursal (LC), anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 1985/2009, por auto de 14 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Talital Comunicaciones, S.L., CIF: B-36907681 con domicilio en c/ Iglesia n.º 10 - Carballo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carballo.

2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º.- Que la administración concursal está integrada por:

El titulado mercantil don Agustín Fernández Pérez, con domicilio en c/ Luciano Caño, 4 - 1.º - A Coruña.

A Coruña, 15 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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