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Concurso de acreedores terminado Calizas Marinas Sa

El 14-12-2009, Calizas Marinas Sa, en BOIRO (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de A CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es A15706039. La actividad (principal) de Calizas Marinas Sa es industria química.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Calizas Marinas Sa
Localidad:
BOIRO
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A15706039
Número de insolvencia:
A15706039
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ESPIÑEIRA 0
15930 BOIRO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-11-2017
A170081645
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento Concurso Abreviado número 283/2009/J, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 21 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo.

1. Se declara concluso el procedimiento concursal número referente a la deudora Calizas Marinas, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

La administración concursal presentará un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Sexto.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3. Se acuerda la extinción de las personas jurídicas deudoras, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de A Coruña a cuyo efecto se expedirá mandamientos a los citados Registros.

4. Líbrese mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6. Si aparecieran nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

7. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 10 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

04-08-2012
A120055409
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.-Se abre la fase de liquidación del presente procedimiento concursal n.º 283/2009 respecto de la deudora "Calizas Marinas, S.A.".

2.-Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.

3.-Se declara la disolución de la entidad concursada "Calizas Marinas, S.A." y se decreta el cese de su actual órgano de administración, que será sustituido por la Administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

4.-Inscríbase en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Santiago de Compostela.

5.-Se acuerda reponer al Administrador concursal don Andrés Manuel Caso Martínez, así como, los auxiliares delegados en su caso en el ejercicio de su cargo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.1 párrafo 2.º

6.-En el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 LC.

7.-Procede la reapertura de la sección de calificación, con incorporación a ella de las actuaciones anteriores y testimonio de la presente resolución.

8.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo, mediante la fijación de edicto en el tablón de anuncios del juzgado y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", apercibiendo a los acreedores o persona que acredite un interés legítimo de que disponen de un plazo de diez días contado desde la publicación para personarse y ser parte en la sección en los términos indicados en el artículo 168.2 LC.

9.-Fórmese pieza separada en cuanto a la solicitud de expediente de extinción colectiva de los contratos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 64 LC.

A Coruña, 17 de julio de 2012.- El/la Secretario/a.

23-01-2010
2400
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º- Que en el procedimiento número 0000283/2009, por auto de 14 de diciembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Calizas Marinas, S.A., con domicilio en Parque Empresarial Espiñeira nº 0035 Boiro (A Coruña).

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 18 de diciembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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