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Concurso de acreedores terminado Dorna Metal Sl

El 03-10-2011, Dorna Metal Sl, en MOS (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36870731. La actividad (principal) de Dorna Metal Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Dorna Metal Sl
Localidad:
MOS
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36870731
Número de insolvencia:
B36870731
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
MONTE FAQUIÑA 50
36416 MOS
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-12-2019
A190069566
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Don José Luis Gutiérrez Marín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Hago Saber:

Que en el procedimiento nº 112/11, por auto de fecha 19 de noviembre de 2019 se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor DORNA METAL, S.L., cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de DORNA METAL, S.L., con CIF B36870731, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad DORNA METAL, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).

Pontevedra, 19 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

20-10-2011
75528
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto,

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, hago saber:

1.º-Que en el procedimiento n.º 112/11, por auto de fecha 3 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Dorna Metal, S.L., con CIF B-36.870.731, y domicilio en Monte Faquiña, n.º 50, Tameiga, C.P. 36416, Mos.

2.º-El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso, conforme a lo dispuesto en el art. 23 y en la forma prevista en el art. 85 de la LC.

Dicha comunicación se remitirá directamente, por escrito, al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, sito en C/ Rosalía de Castro, n.º 5, Pontevedra.

Pontevedra, 5 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.

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