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Concurso de acreedores terminado Dona Dona Madrid Sl.

El 01-10-2009, Dona Dona Madrid Sl., en FUENTE EL SAZ DE JARAMA (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B83313981. La actividad (principal) de Dona Dona Madrid Sl. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Dona Dona Madrid Sl.
Localidad:
FUENTE EL SAZ DE JARAMA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B83313981
Número de insolvencia:
B83313981
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
POZO LIRON 8
28140 FUENTE EL SAZ DE JARAMA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
GERANIOS 4
28029 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-05-2021
A210034887
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

PEDRO SAENZ PASTOR, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia Número 46 de Madrid,

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue, al número 10/2020 (NIG 2807900220190246439), procedimiento de concurso voluntario de DOÑA MONTSERRAT VEGA PINEDA, con N.I.F. 5873093W, habiéndose dictado la siguiente resolución:

AUTO

EL MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: DON JAVIER SÁNCHEZ BELTRÁN

Lugar: Madrid.

Fecha: catorce de diciembre de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por la Procurador DOÑA CRISTINA ALVAREZ PEREZ, en representación de DOÑA MONTSERRAT VEGA PINEDA se presentó escrito promoviendo concurso voluntario de acreedores, adjuntando a la solicitud relación de acreedores y demás Documentación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De los documentos aportados con la solicitud resultan acreditados los presupuestos subjetivo y objetivo para la declaración del concurso exigidos por los artículos 1 y 2 de la Ley Concursal, al haberse solicitado el concurso de persona natural, no comerciante, en situación de insolvencia.

SEGUNDO.- También resulta de los documentos aportados la competencia objetiva y territorial de este Juzgado al tratarse de persona natural no empresaria domiciliada en Madrid, todo ello de conformidad con el artículo 45,2.b) de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 10 Ley Concursal.

TERCERO.- Procede seguir el trámite del procedimiento abreviado en fase de liquidación, de conformidad con los artículos 242,2 y 242 bis,1,10º de la L.C.

CUARTO.- Dadas las alegaciones del escrito inicial y la documentación que se aporta con la solicitud no parece, en principio, necesario adoptar conforme habilita la LO 8/2013 de 22 de julio ninguna medida cautelar, ni limitación alguna en las comunicaciones de la concursada, siempre y cuando se cumplan las exigencias derivadas de una diligente y puntual cooperación de la concursada con el Juzgado y con los Administradores del Concurso durante la tramitación de éste.

QUINTO.- Procede nombrar administrador concursal y asimismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 145,1 decretar la suspensión del ejercicio por el concursado de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Siendo la Administración concursal un órgano del concurso que asume, entre otras, las muy importantes funciones de conservación de la masa activa y de intervención y sustitución de facultades del deudor, es procedente requerir, con carácter general, a la administración concursal para que, en aquellos casos en que detecte que el procedimiento concursal haya quedado paralizado por razones ajenas a una resolución judicial durante más de un mes, impulse el procedimiento mediante comparecencia en el Juzgado informando de la situación.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara a la deudora DOÑA MONTSERRAT VEGA PINEDA, 2.873.093-W en situación de concurso con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en concreto, declaro y acuerdo:

a) El carácter voluntario del concurso.

b) La apertura de la fase de liquidación.

c) La suspensión de la deudora en las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con obligación de comparecer personalmente ante el Juzgado y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y con el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso, obligación que se extiende a sus apoderados y representantes de hecho o de derecho, así como a quienes lo hayan sido durante los dos años anteriores a la declaración del concurso.

d) Tramitar el presente concurso por los cauces del procedimiento abreviado que establece la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio.

e) Nombrar Administrador concursal a DON JOSE-MARIA LAMO DE ESPINOSA MICHELS DE CHAMPOURCIN, con D.N.I. número 1.489.294-K y domicilio en Madrid, calle Infanta Mercedes, 111, D.P. 2020. Correo-e adnconcursal@lamodeespinosa.com La persona designada ha de aceptar el cargo ineludiblemente dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución.

Asimismo, deberá facilitar, en caso de no constar ya en las actuaciones, las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otra notificación. En cuanto a la dirección electrónica, la misma deberá reunir las condiciones de seguridad en las comunicaciones electrónicas en lo relativo a la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones. Por otra parte, se le requiere para que en el acto de aceptación de su cargo, acredite la vigencia del contrato de seguro o una garantía equivalente en los términos del art. 6 del Real Decreto 1333/1,2, de 21 de septiembre. En concreto, mediante exhibición del original de la póliza y del recibo de la prima correspondiente al período del seguro en curso, o del certificado de cobertura expedido por la entidad aseguradora. A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el mencionado artículo deberá aportar, asimismo, copia de los citados documentos originales para testimoniarlas y unirlas a las actuaciones de la sección 2ª. De conformidad con el Art. 7 del mencionado Real Decreto, deberá acreditar las sucesivas renovaciones del seguro en idéntica forma. Se le hace saber que la infracción del deber de acreditar la renovación del seguro será causa justa de separación del cargo. Asimismo, deberá comparecer ante la oficina judicial de este Juzgado para notificarse de las resoluciones, sin perjuicio de notificarse por correo electrónico o fax cuando proceda. Por otra parte, una vez transcurrido el plazo de comunicación de créditos, antes de dar al informe la publicidad prevista en el artículo 95 deberá realizar las rectificaciones que considere oportunas en el informe del artículo 75 de la Ley Concursal que con carácter provisional ha aportado a la solicitud. Asimismo, deberá presentar un Plan de Liquidación en el plazo improrrogable de 10 días a contar desde la aceptación del cargo de administrador concursal (artículos 148 y 242.2.8ª de la L.C.)

f) Anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia y en el Registro Público Concursal. La publicación será gratuita en todo caso.

g) Hacer un llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal en la dirección de correo electrónica que se hará constar en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el B.O.E.

h) Se acuerda librar mandamiento al Registro Civil para inscribir la presente declaración de concurso en el folio registral del concursado.

i) Notificar la existencia del presente proceso y la presente declaración a la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.

j) Requerir a la concursada, mediante la notificación de esta resolución, para que ponga este auto en conocimiento de los Juzgados que ya conocen de procesos contra ella, la declaración de concurso a los efectos que en cada caso procedan.

k) Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en que se tramitará la sección Primera del concurso.

l) Formar las secciones Segunda, Tercera y Cuarta, encabezándolas con testimonio de la presente resolución.

m) Remitir oficio al Juzgado Decano de los de Madrid al objeto de que se comunique a los Juzgados de Instancia la declaración de este concurso al objeto de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado.

Remítase también comunicación a los Juzgados Mercantiles de Madrid. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación señalando la infracción cometida. Para que sea admitido es necesario que al tiempo de interponerse el mismo se haya constituido en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en BANCO DE SANTANDER y en la cuenta expediente correspondiente, el depósito de VEINTICINCO euros (25,00 €), debiendo acreditar dicho extremo mediante resguardo de ingreso o transferencia que se acompañará al escrito de interposición del recurso. Si no se cumpliere este requisito el recurso no será admitido.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 46 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2540-0000-52-0010-20 (sin guiones ni espacios).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Por el presente se da publicidad a dicha resolución y se hace un llamamiento a los acreedores de la deudora para que comuniquen la existencia de sus créditos a la administración concursal, en los términos de los artículos 255 y concordantes del Texto Refundido de la Ley Concursal, dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de publicación del auto de declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, en el domicilio postal o electrónico designado.

Los acreedores interesados en comparecer en el expediente concursal deberán hacerlo representados por Procurador y asistidos de Letrado. Se hace constar que la dirección electrónica del Registro Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del citado concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 21 de mayo de 2021.- Letrado Administración de Justicia, Pedro Sáenz Pastor.

25-05-2021
A210033552
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Juzgado de Primera Instancia número 69 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC),

Anuncia

1.º-Que en el procedimiento Concurso consecutivo 323/2020, por auto de 29 de enero de 2021 se ha declarado en concurso necesario y voluntario al deudor Doña Sandra Gil Casero, con DNI 51937641F y con domicilio en Calle Sierra de Bobia, número 5, 2.º C, de Madrid.

2.º-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º-La identidad de la Administración concursal es don Isidro Gordillo Gordillo, siendo la aceptación del cargo el día 18 de febrero de 2021, con domicilio postal en Calle O'Donell, número 4, edificio Valencia, oficina 18 de Madrid, y dirección electrónica isidro.gordillo@icam.es, teléfono 675577282, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Madrid, 17 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Virginia Marta Gónzalez Granado.

16-02-2021
A210008405
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Dña. María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid,

Hago saber:

1º.- Que en el procedimiento 77/2009 de la concursada doña Trinidad Gálvez Villarreal, con DNI 50681214-R, se ha dictado auto de 09/02/2021, por el que se ha declarado concluso el concurso, aprobando la rendición final de cuentas, ordenando librar los mandamientos al Registro Civil indicando la conclusión del concurso.

2º.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Madrid, 11 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

29-01-2021
A210004209
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

El Juzgado de Primera Instancia n.º 99 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el concurso voluntario abreviado 1256/2016, con número de identificación general del procedimiento 2807900220160212600, por autos de fecha 7 de septiembre de 2018, se ha decretado la conclusión y el archivo del presente procedimiento concursal referente a la deudora doña Almudena Zabaleta Farre con n.º de identificación 05258102ª, y domiciliada en la calle Ronda de Toledo, n.º 20, portal B, 4.º-C, de Madrid por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de las deudas del concurso.

2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.

Madrid, 26 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Jorge Rodríguez Díez.

18-11-2020
A200056183
 
  • Cese de los Administradores
 

Doña Purificación Fernández Suárez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 37 de Madrid, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso nº 1011- 2020 dictado en este Juzgado:

Fecha del auto de declaración: 6 de noviembre de 2020.

Clase de concurso: voluntario consecutivo.

Persona concursada: Doña Blanca Irene Arteaga Valencia.

NIF de los concursados: 51.524.776-S.

Domicilio del concursado: Calle Hospital de Órbigo Nº 3, 4º D. CP 28050 Madrid.

Administración concursal: Doña María Esther Alfonso Evisa.

Dirección Postal: Calle Velázquez nº 105, 2º. CP 28006 Madrid.

Dirección electrónica: esther.alfonso@expheria.es

Régimen de las facultades del concursado: suspensión de las facultades del deudor, que serán sustituidos por la Administración concursal designada.

Llámese a los acreedores del concursado para que comuniquen al Administrador concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contados a partir de la publicación de esta resolución en el BOE.

Los acreedores e interesados que deseen comparecer deberán hacerlo mediante por medio de Procurador y asistidos de Abogado.

Madrid, 13 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Purificación Fernández Suárez.

27-06-2020
A200024942
 

El Juzgado de 1ª Instancia nº 49 de Madrid,

Hace saber:

1.- Que en el Concurso Abreviado 280/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0034887, por auto de fecha 18 de junio de 2020, se ha declarado en concurso consecutivo voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a doña YAJAIRA NÚÑEZ SANTANA, con NIF 50763352Y, y domiciliado Madrid, calle de los Ferroviarios 101, bajo.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es doña AINOA HIERRO PÉREZ, con domicilio postal calle Planeta Júpiter 1, portal 7, 2º G de Parla (Madrid) y dirección electrónica ahierro@grupobetulo.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 23 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Belén García Sanz.

28-06-2019
A190038228
 
  • Cese de los Administradores
 

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 71 de Madrid, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado, dicto el presente edicto:

Número de asunto: 512/19

Fecha del auto de declaración: 27 mayo 2019.

Clase de concurso: Consecutivo voluntario.

Persona concursada: Doña Miriam Recio Montoya.

NIF del concursado: 50.973.347-B

Domicilio del concursado: calle Esteban Carros, 8, C.P. 28.053 (Madrid)

Calle Administrador concursal: Don Antonio Gafforio Maldonado.

Domicilio Administrador: calle Cronos, 24, portal 4, despacho B3 28.037 Madrid.

Correo electrónico: agafforio@serviapymes.es

Régimen de las facultades del concursado: El concursado queda suspendido en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Llamamiento a los acreedores: Llámese a los acreedores del concursado para que comuniquen en cualquiera de las formas establecidas en el art. 85 de la LC, al administrador concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contados desde la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Personación en el procedimiento: Los legitimados conforme a la LC deben personarse en el procedimiento por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

Madrid, 25 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Alejandro Sánchez Castro.

10-04-2019
A190018883
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Juan Manuel Ávila de Encío, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial:

Que en el procedimiento concurso consecutivo 244/2019, instado por el mediador concursal don Raúl Villarín Vinent respecto a la concursada doña Flor Tisalema Coombs, por auto de fecha 20 de marzo de 2019, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa artículo 176.bis 2 y 3.

Madrid, 5 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Manuel Ávila de Encío.

04-10-2018
A180058594
 

Edicto de declaración de Concurso

D. Juan Manuel Escourido Pérez-Sindín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 82 de Madrid, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso consecutivo voluntario de persona física no empresario n.º 410/2018, dictado por este Juzgado el día 26 de julio de 2018.

Nº autos: 662/2018.

Fecha del auto de declaración: 26 de julio de 2018.

Clase de concurso: Concurso consecutivo voluntario de persona física no empresario.

Persona concursada: Doña Katherin Lizet Urbina Rojas, con DNI 53.479.339-S.

Domicilio concursada: Calle Antonio Toledano, 7-2.ºF.- Madrid-28028.

Administrador Concursal: D. Pedro Graciano Sánchez García

Dirección Postal: Calle San Epifanio, n.º 1, Portal C, 1.º B.- Madrid-28005

Dirección electrónica: pedrograciano@gmail.com

Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del Auto de Declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 82 de Madrid, sito en calle Princesa, 3-7.ª Planta.- Madrid-28008.

Madrid, 1 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Manuel Escourido Pérez-Sindín.

16-01-2016
A160000181
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D.ª Virginia Montejo Labrada, Letrada Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, anuncia:

1. Que en el concurso voluntario abreviado, número 407/2008, del deudor DOÑA JULIANA ZAMORA LUENGO, se ha dictado con fecha 17 de noviembre de 2014, auto de conclusión del concurso del artículo 176 1.4 de la LC en la redacción anterior a la Ley 38/2011.

2. Que se ha acordado publicar la conclusión en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y su fijación en el tablón de anuncios del Juzgado.

Madrid, 4 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

05-02-2014
A140003035
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento n.º 516 /2010 por auto de fecha 18 de marzo de 2010, se declaró en concurso voluntario a la deudora doña Beatriz Peñas Vilar, con D.N.I.: 51.403.252-T., con domicilio en calle de Espliego, n.º 1, sitio El Robledal, en el término de Villalbilla (Madrid).

2.º Que con fecha 16 de enero de 2014 se ha dictado resolución por la que se acuerda:

- Declarar la conclusión del concurso de la deudora doña Beatriz Peñas Vilar.

- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.

- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Madrid, 20 de enero de 2014.- Secretaria Judicial.

22-05-2013
A130026688
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid,

Anuncia

1.-Que en el procedimiento concursal número 637/2012 referente a la deudora doña Rosa Bendeck Olivella, se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 8 de mayo de 2013.- Secretaria judicial.

17-11-2012
A120076627
 
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:

1.º Que conforme a lo acordado por Auto de fecha 29-10-2012, se ha declarado:

La conclusión del Concurso Voluntario de doña Concepción Miranda Montilla, bajo el número de autos 321/10, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso.

Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.

2.º Que se procede al cese en su cargo del Administrador concursal nombrado en su día: Doña María del Rosario Moles Calvache, calle Pensamiento, número 27, escalera izquierda, 3.º 3, 28020 Madrid.

Madrid, 7 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.

08-10-2012
A120066004
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 82/12 referente a la deudora doña Pureza Chiquero Sánchez, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría de este Juzgado así como obtener copias a su costa.

2. Dentro del plazo de 10 días computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, las cuales se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, siendo necesario valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 24 de septiembre de 2012.- Secretario Judicial.

17-07-2012
A120044807
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 579/2009 referente a la concursada doña Gema Lorenzo Tejero, con NIF: 33530272K, se ha dictado auto de fecha 7 de junio de 2012 por el Magistrado-Juez don Antonio Pedreira González en el que se ha acordado lo siguiente:

1. Acordar la Conclusión del presente concurso, relativo a doña Gema Lorenzo Tejero, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son legal y necesario corolario.

2. Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal.

3. En particular, acordar la producción de los siguientes efectos:

- Cese de las limitaciones subsistentes de las facultades de administración y disposición de la deudora.

- La deudora quedará responsable del pago de los créditos restantes no satisfechos en el concurso.

- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Madrid, 12 de junio de 2012.- Secretario judicial.

10-03-2012
A120012129
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

EL Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal voluntario con número de autos 321/10 referente a la concursada doña Concepción Miranda Montilla, con domicilio en la C/ Sandoval, n.º 12, piso 3.º-B, de Madrid 28010, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 30 de mayo de 2012, a las 10:30 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

2.-Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.

3.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C.

Madrid, 28 de febrero de 2012.- La Secretaria judicial.

08-03-2012
A120011550
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal número 196/2011, referente a la deudora doña Raquel Patiño Loureda, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría de este Juzgado así como obtener copias a su costa.

2.-Dentro del plazo de diez días computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, las cuales se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, siendo necesario valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 24 de febrero de 2012.- Secretario Judicial.

27-10-2011
75626
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Don Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 160-10, referente a la deudora doña Consolación Acevedo Carrillo, se ha dictado auto de fecha 13/10/11 por el que se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 12/01/12, a las 12.30 horas en la sala de vistas de este Juzgado.

2.º Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, la deudora y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 13 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

22-10-2011
75194
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 130/2011 referente al deudor Doña Mercedes Román Aguado, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 11 de octubre de 2011.- La Secretario Judicial.

21-06-2011
50241
 
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 579/ 2009 referente a la concursada doña Gema Lorenzo Tejero, se ha dictado auto de fecha 30 de mayo del 2011 en el que se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 28 de febrero del 2011 y abrir la fase de liquidación, por falta de quórum en la junta de acreedores del día 30 de mayo del 2011.

Segundo.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.

Tercero.- Declarar disuelta la concursada, Gema Lorenzo Tejero, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Madrid, 30 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

16-02-2011
5912
 

Edicto.

Doña Rosario Bracamonte González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 901/10, por auto de 26 de enero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la deudora doña Antonia Oliván Garriga, DNI 37 718 140-A, con domicilio en San Fernando de Henares, calle Severo Ochoa, 31.

2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, don Adolfo López Estebaranz, con despacho profesional en Madrid, calle Valenzuela, n.º 10, 1.º cha, tfno. 91 552 85 02 la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 26 de enero de 2011.- La Secretaria del Juzgado Mercantil.

10-02-2011
7108
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 252/2010, referente a la concursada doña Caridad Durán Montilla, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refere el Capítulo I del Título IV de la ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 24 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

03-11-2010
78097
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento n.º 210/10 por auto de fecha 8 de septiembre de 2010 se declaró en concurso voluntario a la deudora doña Esmeralda Montero Leal, con DNI: 05348124-A.

2.º Que con fecha 22 de octubre de 2010 se ha dictado resolución por la que:

Se tiene por desistido a la deudora doña Esmeralda Montero Leal de la prosecución del presente concurso, acordándose en consecuencia la conclusión del mismo.

Se acuerda el cese las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora.

La deudora quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

A la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y la contemplada para la declaración del concurso, anunciándose mediante edictos que se publicaran en el tablón de anuncios del presente Juzgado Mercantil n.º 11 y en el "Boletín Oficial del Estado" en el mismo del presente concurso, así como la establecida en el artículo 24 de la Ley Concursal.

Madrid, 22 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.

27-09-2010
69714
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia:

1. Que en el procedimiento número 252/2010, por auto de fecha 8 de septiembre de 2010, se ha declarado en concurso a la deudora doña Caridad Durán Montilla, con domicilio en la calle Nicolás Usera, n.º 103, 1.º izquierda, 28026 Madrid y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid.

2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 8 de septiembre de 2010.- La Secretaria judicial.

10-04-2010
22223
 

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 854/09, por Auto de fecha 18 de marzo de 2010, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora doña Beatriz Peñas Vilar, con Documento Nacional de Identidad 51.403.252-T, con domicilio en la calle Espliego, número 1, sitio El Robledal, en el término de Villalbilla (Madrid).

Segundo.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Tercero.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3. Ley Concursal).

Madrid, 18 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.

19-01-2010
1819
 

Edicto.

Don Mariano Rodríguez Trotonda Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantíl número 3 Madrid, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 579/2009, por auto de fecha 18 de diciembre de 2009 se ha declarado en concurso a la deudora doña Gema Lorenzo Tejero, con NIE: 33530272-K, nacida el día 16 de junio de 1974, residente en España, con domicilio en calle Margaritas 7, primero código postal 28490 Becerril de la Sierra (Madrid).

Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de Administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 18 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

27-11-2009
85858
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1-Que en el procedimiento número 404/2009, por auto de fecha 1 de octubre de 2009, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Doña Alicia Hervás Trigueros con Documento Nacional de Identidad 5263658Q, con domicilio en Calle Procesiones número 3, apartamento 14, Ajalvir (Madrid).

2-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

3-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Madrid, 1 de octubre de 2009.- Secretario Judicial.

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