El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid,
Anuncia:
1.- Que en el procedimiento n.º 379/2016, por Auto de fecha 4 de marzo de 2019 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Industrias Plásticas Numancia, S.L., con CIF B-28113991.
2.- Se ha acordado la extinción de la mercantil concursada con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida y se dispone el cierre de su hoja registral en los registros públicos correspondientes.
3.- Se ha acordado el cese de su cargo de la Administración Concursal.
4.- Se aprueba la rendición de cuenta presentada por la Administración Concursal.
Contra dicha resolución no cabe recurso alguno.
Madrid, 8 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia:
1.º- Que en el procedimiento n.º 379/2016 por auto de fecha 14/11/2016. se ha declarado en concurso Voluntario –Abreviado al deudor "Industrias Plásticas Numancia S.L.", con CIF n.º B-28113991.
2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la L.C.
El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la presente publicación.
Lugar para tal comunicación:
A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: MUSOLAUDIT S.L.P; don Fernando MarÃa Musoles MartÃnez-Curt. - C/ Capità n Haya n.º 49-11 D.- 28049 Madrid; Tfno.: 963 513 755.; Fax: 963 511 928
B) También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
Dirección de correo electrónico: fernando.musoles@coev.com.
Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.
4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 L.C).
Madrid, 28 de noviembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.