Edicto
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 497/09, se ha acordado mediante Auto de fecha 26.5.09 la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Vivendes Llo-ter con domicilio en Cornellà de Terri (Girona) Ctra. Banyoles-Girona km 29 dedicada a la prestación de servicios inmobiliarios CIF núm. B-17871666, siendo designado como Administrador Concursal don Raúl Lorente Sibina.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
El auto de declaración de concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de la declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 29 de septiembre de 2009.- Secretario Judicial.