El 07-10-2009, Obee Innova Sociedad Limitada., en REUS (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43733740. La actividad (principal) de Obee Innova Sociedad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Nombre:
Obee Innova Sociedad Limitada.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B43733740
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Conclusión del concurso
Don Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,
Hago saber:
Que en el Concurso abreviado 517/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de OBEE INNOVA, S.L., con NIF B43733740, con domicilio en Calle Espronceda, n.º 25, 5.º, 3.ª, 43202 – REUS.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Tarragona, 11 de noviembre de 2020.- Joan Holgado Esteban, Letrado de la Administración de Justicia.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 517/2009 se ha dictado en fecha 07/10/09 auto de declaración de concurso voluntario de Obee Innova,SL, con CIF B43733740 y domicilio social en C. Espronceda n.º 25, 5.º 3.ª 43202, Reus (Tarragona), representada por el procurador Angel R. Fabregat Ornaque y defendida por el Letrado Jesús Palau Vallverdú, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal Pau Tondo Brau la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Tarragona, 7 de octubre de 2009.- Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.