Doña Pilar Solanot García, Secretario Judicial con destino en el Juzgado de lo Mercantil numero dos de Alicante,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Procedimiento Concursal Abreviado 000154/2008-A, de la mercantil Construcciones Alicer Obras y Servicios SL, en los que se ha dictado el veintiocho de julio de dos mil nueve, auto cuya parte dispositiva contiene los particulares siguientes:
Uno.- Se acuerda poner fin a la fase común.
Dos.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
Tres.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.
Cuatro.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cinco.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Seis.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo ciento sesenta y ocho LC).
Alicante, 28 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.