El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número apertura Sección 482.05/2014, referente al concursado Grupo U.S. Gastronomy, por auto de fecha 19/01/15 ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 16/12/14, por no haberse presentado ninguna propuesta..
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 26/02/15.
3.- Abrir, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 20 de enero de 2015.- El/la Secretario judicial.
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 482/2014, referente al deudor Grupo U.S. Gastronomy, B-23677917,se ha presentado el informe definitivo de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- La presentación del informe de la administración concursal y de la documentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en el concurso y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado, BOE y Registro Público Concursal, durante diez días.
Jaén, 28 de octubre de 2014.- El/la Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.-Que en el procedimiento número 482/2014, por auto de 16/06/14 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Grupo U.S. Gastronomy, S.L.L., CIF B-23677917, con domicilio en Avda de Jaén, n.º 36, bajo, de Torredonjimeno, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Jaén.
2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Santiago López Poyatos, D.N.I. 26018517-C, con domicilio postal Avda de Andalucía, n.º 2-6.º J, 23006 Jaén, y dirección electrónica concursogrupous@gmail.com.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el los periódicos.
4º.-El mes de agosto no computará a tales extremos.
5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 4 de julio de 2014.- El/La Secretario Judicial.