Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 503/2009 referente a los concursados Antonia Ayestaran Bengoechea, Félix Azpeitia Zabaleku, José Antonio Azpeitia Zabaleku, "Elizaldeko Finkak, Sociedad Limitada" y María José Noriega Iraola, por auto de fecha 28 de julio de 2010 se ha acordado lo siguiente:
1.º Abrir, de oficio, la fase de liquidación, al concurrir la causa prevista en el artículo 143.1.2º de la LC, es decir, no haberse aceptado en junta de acreedores ninguna propuesta de convenio al no haber podido constituirse las respectivas Juntas por falta del quórum necesario de acreedores ordinarios.
2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.º Se ha declarado disuelta la mercantil "Elizaldeko Finkak, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.º Declarar extinguido el derecho de alimentos de los concursados Antonia Ayestaran Bengoechea, Félix Azpeitia Zabaleku, José Antonio Azpeitia Zabaleku y María José Noriega Iraola con cargo a la masa activa.
5.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia–San Sebastián, 28 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.