Edicto
Doña Elena Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,
Anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 328-2012,F, se ha dictado Auto de fecha 18 de febrero de 2016, de conclusión del concurso de la concursada Mariano Palomar, S.L., CIF B50071281, su domicilio, en calle Algeciras, s/n, 50540 de Borja (Zaragoza), no existiendo asimismo acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas.
Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios del Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.
Zaragoza, 18 de febrero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:
Que en el Sección I Declaración Concurso 0000328/2012, referente al concursado Mariano Palomar, Sociedad de Responsabilidad Limitada, CIF B 50071281, con domicilio en calle Algeciras, s/n., de Borja (Zaragoza), por auto de fecha 3 de diciembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Mariano Palomar, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
El administrador concursal en el plazo de quince días procederá a evaluar el Plan de Liquidación presentado por la concursada.
Zaragoza, 3 de diciembre de 2012.- El/la Secretario Judicial.
D.ª Milagros Alcón Omedes Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil núm. 2 de Zaragoza, anuncia:
1.-Que en el Sección I Declaración Concurso 000328/2012, referente al deudor Mariano Palomar S.L., CIF B 50071281, con domicilio en calle Algeciras s/n 50540, Borja (Zaragoza), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.-Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Zaragoza, 3 de diciembre de 2012.- El/La Secretario Judicial,
PARTE DISPOSITIVA.- Acuerdo: 1. Declarar en concurso a MARIANO PALOMAR S. L., CIF B50071281, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia inminente. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procurador/a Sr./a. CARLOS BERDEJO GRACIAN, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- considerar el concurso con el carácter de voluntario abreviado. 4.- Participar que la concursada no ha solicitado la liquidación. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: El ECONOMISTA DON MARIANO VAL TORTOSA. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. 8.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus Créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de REMITIRSE POR CORREO ELECTRÓNICO O POSTAL o CUALQUIER OTRO MEDIO DEL QUE PUEDA VALERSE A LA DIRECCIÓN POSTAL o DE CORREO ELECTRÓNICO QUE FACILITE EL ADMINISTRADOR CONCURSAL, en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, techas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 9.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Rutas de acceso: A.-aeat: https: //www. agencia tributaria. gola. es/AEAT. sede//Inicio/Inicio. shtnil Procedimientos, Servicios y Trámites Información y Registro.- Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. E.- tgss: https: //sede. seg-social. gob. es/Sedel/index. htfn Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos- comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad social. Es necesario certificado digital o DNI electrónico 10.- La Administrador Concursal presentará el Inventario de Bienes y Derechos de la Masa Activa dentro de los quince días siguientes a la aceptación del cargo. El informe del Artículo 75 lo presentará en el plazo de un mes contado a partir de dicha aceptación. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 12.- Dar conocimiento da la presente resolución al registro público establecido en el artículo 198 de la LC, en la forma establecida reglamentariamente. 13.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Zaragoza, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. 14.- Indicar que las personas legitimada, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 15.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 16.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad. 17.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 18.- Abrir la tase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 19.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolucion. Notifíquese a TGSS, AEAT y FOGASA.