Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Alimar Obras E Infraestructuras S.L.

El 01-01-0001, Alimar Obras E Infraestructuras S.L., en ANTEQUERA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B29817087. La actividad (principal) de Alimar Obras E Infraestructuras S.L. es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alimar Obras E Infraestructuras S.L.
Localidad:
ANTEQUERA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B29817087
Número de insolvencia:
B29817087
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FRAY MARTIN DE LAS CRUCES 5
29200 ANTEQUERA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-04-2021
A210024745
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Doña Ana Isabel del Pozo Aguilar, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento de concurso voluntario n.º 275/2009 seguido en este Juzgado, se ha dictado en Pieza separada de conclusión de concurso y rendición de cuentas n.º 275.13/2009 con fecha 24/03/2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa de la entidad Alimar Obras e Infraestructuras, S.L., con CIF B -29817087, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil Alimar Obras e Infraestructuras SL por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento, y cesando la administración concursal.

Se acuerda la extinción de la sociedad Alimar Obras e Infraestructuras SL debiendo procederse al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Málaga, para lo cual se librará el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución.

Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal de la mercantil Alimar Obras e Infraestructuras, S.L.

Se acuerda el archivo de las actuaciones.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno ( Art. 481 TRLC).

Llévese testimonio de esta resolución a la sección primera y segunda del concurso.

Así lo acuerda, manda y firma D.ª Isabel Conejo Barranco, Magistrada-Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, provincia de Málaga, adscrita al Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga.

Málaga, 8 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, Ana Isabel del Pozo Aguilar.

07-09-2009
64196
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 275/09, por auto de 14 de Julio de 2.009 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor ALIMAR OBRA E INFRAESTRUCTURAS, S.L. con N.I.F. B-29817087, domicilio en CR. A-92 (Casería San Juan) Km. 149, ANTEQUERA, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Antequera (Málaga).

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Málaga, 15 de julio de 2009.- La Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos