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Concurso de acreedores Textil DiRa Sl

El 01-01-0001, Textil DiRa Sl, en CASTELLET I LA GORNAL (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B63135925. La actividad (principal) de Textil DiRa Sl es industria textil.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Textil DiRa Sl
Localidad:
CASTELLET I LA GORNAL
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B63135925
Número de insolvencia:
B63135925
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CR RUBI - TERRASSA 326
08732 CASTELLET I LA GORNAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-08-2009
59559
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Secretario en sustitución, doña María José Hompanera González, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 234/2009 y 573/2009, respectivamente, se ha declarado el concurso voluntario de las entidades mercantiles Estampados Dirá, S.L. y Textil Dirá, S.L. con N.I.F. B-60,539,970 y B-63.135.925 con domicilio en carretera de Rubí km 328 de Terrassa (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará al Servicio Común Mercantil, sito en la Ronda de Sant Pere, n.° 41, 5.ª planta, de Barcelona, en el plazo de quince días, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el indicado Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 7 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.

Informes
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